¶ Lo. xviij. [num. 36] que el arrepentimiento de los peccados, imperfecto, y no circunstanciado , y qualificado en la manera suso dicha, puedese llamar atricion, pero no contricion. Y es de dos maneras, segun Caie. a { in. 2. Thomo. quest. 1. de contri . & quest. 5. de confess. } La vna de los que se arrepienten de auer peca do mortalmente , y querrian no peccar:pero no se determinan a guardarse del todo dello. La otra de los que se arrepienten de auer peccado, y determinan de no peccar mas, sin concebir al pecado, por la cosa del mundo mas aborrescible, y sin pensar en lo euitar, como a la cosa del mundo mas euitable. Y aun el arrepen timiento arriba definido de los que se arrepienten del pecado, como de la cosa mas aborrescible, y determinan de euitarlo, como la cosa mas euitable, es atricion, segun el hasta que Dios por su misericordia, acuda con su gracia: pero es de otra especie, y se llama contricion informe. Mas segun la Comun que arriba b { Supra eo. c. numero. 26. } seguimos por tal arrepentimiento siempre Dios por su misericordia, da su gracia: y ansi no se halla sin ella. La [num. 37] primera de las dichas atriciones, no basta, para perdon arse el pecado por sola ella, ni aun por ella, y la absolucion: antes peca quien con ella la pide, o toma.[*] Lo mismo se ha de dezir del arrepentimiento, que se concibe del pecado sola o principalmente por el dano de honrra, descanso, o prouecho temporal, o por el miedo de la deshonrra , trabajos, o pena temporal, o eterna, aun que el tal arrepentimiento no es pecado, ni mala obra, como algunos han dicho, antes es loable, sino quando con tal voluntad se concibe, que sino fuesse por euitar aquel dano, o miedo se holgaria de auer pecado. Ca esto nueuo pecado seria c { Si proptereà. & cap. Si cui. de poeniten . dist. 1. } como arriba d { nume. 11. } lo diximos.[*] La segunda no basta para perdonarse el pecado por ella, ni aun por ella, y la absolucion sacramental , aun que basta para pedirla, y tomarla sin pecado, y para que la absolucion valga, y no sea obligado a reiterar la confession, y para alcancar el effecto del sacramento, quando llegare a tener el arrepentimiento sobredicho.[*] Desta opinion de Caietano nunca nos hemos osado apartar, por su authoridad, y nadie le auer nunca contradicho : pero agora so la correction deuida nos paresce que a quien de veras le pesa de auer pecado mortalmente , y se determina a no pecar mas, por ser el pecado offensa y injuria de Dios, y creyendo sin gruessa ignorancia, que su dolor es para ello bastante, se confiessa , y recibe la absolucion sacramental, no solamente cumple con el praecepto de se confessar (como el dize) pero aun alcanca misericordia y gracia del padre de las misericordias y gracias. Porque nin guna escriptura sagrada expressa ser necessario concebir al pecado por la cosa mas aborrescible del mundo . Ca solamente dize, Poenitentiam agite a { Matth. 3. & Lucae. 3. }. Hazed penitencia. Poenitemini b { Marci. 1. actor. 3. }. Arrepentios. Facite fru ctus dignos poenitentiae c { Lucae. 3. cap. Consideret . §. fi. de poeni. d. 5. }. Obrad obras dignas de penitencia. In d { Ezechiel. 33 cap. Ponderet. 50. distin. } quacunque die conuersus fuerit peccator, iniquitatum eius amplius non recordabor. En conuertiendose el pecador, le perdonare. Conuertimini e { Iohel. 2. cap. Conuertimini de poeni. d. 1. }. Conuertiros . Scindite f { Iohel. 2. c. Scindite. de poe niten. d. 1. } corda vestra. Romped vuestros coracones. Dixi g { Psa l. 31. ca. Dixi. de poenit. distin. 1. } confite bor aduersum me iniustitiam meam Domino, & tu remisisti impieta tem peccati mei. En determinando me a confessar mi pecado al Se nor, y tu me lo perdonaste. Ni ay Concilio , ni Papa, ni doctor sagrado de tantos , que enel Decreto se alegan, que tal, declare. Porque todo lo que ellos dizen en summa es, lo que mucho ha, el concilio Florentino h { Sub Eug. 4. in Decreto. de sacramen. }, y poco ha el Tridentino i { In. 4. sessio. sub Iul. 3. c. 4. } mas claro dixeron, ser para esto necessario doler nos de los pecados cometidos, con proposito de no pecar mas, y con esperanca de perdon sin poner estas reflexiones, y comparaciones dificiles, y de pocos sabidas y de menos vsadas. Y aun sant Augustin k { In. c. si quis autem . 2. de poe niten. dist. 7. }, poniendo differencia entre con uersum, & versum, conuertido y buelto dize que versus, o buelto se dize el, que dexa de pecar por temor de la pena, y conuersus, o conuertido el, que solamente, o mas principalmente por amor de Dios, y por pesar le de su offensa se aparta dello. Allegase a esto que pocos (en comparacion de los otros) son los confessantes, que desde que el sacramento de la penitencia fue instituydo hasta oy han hecho, y hazen esto, y los confessores que induzen a ello. Y (a nuestro parescer) claramente lo sintio el Concilio Tridentino l { Sessio. 4. sub Iul. 3. cap. 4. }. Ha nos consolado el oyr, que esto mesmo se dixo aquel muy pio y clarissimo doctor fray Francisco de Victoria, y aun (a mi parescer) el se nor doctor Soto m { Lib. 2. de natu. & gra. c. 15. } lo siente, diziendo lo del Corolario siguiente , que confirma mucho esto. De todo lo qual se sigue quan vtil y segura cosa sea la confession al arrepentido.