¶ Quanto al mandamiento mayor de bien amar a Dios. SVMMARIO. -  Odio de Dios de su natio, es el mayor de los pecados, y porque. n. 14 -  Mandamiento de amar a Dios quebranta y peca mortalmente, -  Quien deliberadamente aborresce a Dios. num. 14. -  Quien mas firmemente, aun a si mismo, o a su muger, marido, rey, o alguna otra cosa criada, que a Dios. Aunque no, quien mas ardientemente. numero. 15. -  Quien lo ama mas por sus dadiuas, que por si mesmo. -  Quien lo dexa de amar, quando es obligado, y que tiempo son aquellos. numero. 16. -  Quien quiere viuir para siempre en esta vida. nu. 16. SI tuuo odio y aborrescimiento deliberado contra Dios que de su natio es el mayor pecado de todos segun S. Tho. h { 2. Sec. q. 34. art. 2. & quaest. 39. artic. 2. ad. 3. &. 1. Secun . q. 73. art. 4. ad. 3. } porque lo contrario de lo muy bueno, es muy malo, segun Aristo. i { Ethic. 8. }. y lo muy bueno, es el amor diuino k { c. Charitas. 2 de poeni. d. 2. }, al qual su odio es contrario : y porque es contrario al mayor mandamiento l { Matth. 22. } de todos: y porque derechamente aparta de Dios, lo que comunmente los otros no hazen. como lo declara S. Tho. m { 2. Sec. q. 34 ar. 2. } dixe (deliberados). Porque la indeliberacion en toda materia escusa n { supra. eod. c. nu. 4. }. ¶ Si dexo de amar a Dios sobre todo lo al, y de enderecar en algun tiempo (en que a ello era obligado) a si mesmo, y a todos sus hechos, a Dios, que es nuestro primero principio , y vltimo fin, quando llego a tener tanta discrecion, que quando pudo pecar, o quando era obligado a tener contricion por lo suso dicho[*]. [num. 15] ¶ Si amo mas firmemente a si mesmo, o a su muger, o a su hijo, o a su Rey y senor, o a alguna otra cosa criada, que a Dios. M. Diximos (mas firmemente ) porque no es pecado amar a si, y a otro mas entesada, o ardientemente que a Dios, con tanto que a el amemos mas firmemente, como alibi lo declaramos a { s. in addi. repet. c. Qum . de consecr . d. 1. n. 35. }, y arriba lo tocamos b { Supra eod. c. nume. 7. }. Dezimos tambien, que amar indirectamente mas a la criatura que a Dios, no es contra este mandamiento: Porque qualquier que mortalmente peca, ama indirectamente mas otra cosa, que a Dios, en quanto quiere algo contra sus mandamiento : pero no qualquiera tal, peca contra este mandamiento, porque no haze derechamente contra el, ni cosa que de suyo naturalmente aparta de Dios, saluo accidentalmente, segun S. Thom. c { 2. Sec. q. 34. art. 2. }, y Scoto. d { In. 1. d. 1. q. 5. sub fin. }. [num. 16] ¶ Si amo a Dios, sola, o principalmente porque le da, o de bienes espirituales, o temporales e { Francis. Mairo. in. 1. dist. 1. Syl. verb. Charitas. q. 7. }. M. como alibi lo dezimos f { In. d. add. à n. 334. post Tho. 1. Secun . q. 109. art. 3. sub finem . }.[*] De donde se sigue que el concilio Tridentino g { Sessio. 6. can. 26. &. 31. }, que da por hereje al que dixere ser pecado, obrar bien por auer gualardon, se ha de entender , del que expressa, o tacitamente tiene por menos el gualardon, que espera, que al que se lo ha de dar, o alomenos sin consideracion alguna de lo vno, ni del otro, y sin tomar por si principal, y vltimo el gualardon, obra bien[*]. ¶ Si lo dexo de amar enel tiempo, que so pena de pecado mortal era obliga do a pensar en su salud espiritual, como quando se le offrecio peligro de muerte, o de necessidad de tomar, o administrar sacramento h { Ioan. Tab. verb. Charitas §. 30. senserat ante Maior. in. 3. dist. 37. q. 13. colu. 4. }. ¶ Si quiso deliberadamente para siempre viuir en esta vida miserable, o porque se deleyta en los bienes della. s. riquezas, plazeres licitos, saber, y otros semejantes, o por otros respectos. M. segun Adriano i { In. 4. de con fes. q. 4. sub finem }, aunque no es pecado dessear larga vida, aun aduertiendo, que por ello se dilata la eterna, segun el mesmo. ¶ Si los dias de fiesta dexo de amar a Dios sobre todo lo al, es mortal, segun algunos k { Ioh. Tabi. verbo. Charitas. §. 20. }, pero lo contrario nos paresce con Adriano l { In. 4. de confes. q. 3. colu. 2. sub finem. }.