¶ Si no quiso seguir a su marido, que se passaua a otra parte. M.
porque es obligada a lo seguir so pena de pecado mortal
c.
Vnaqueq́;
Vnaqueque
.
13. q. 2.
, saluo si
entreuino pacto entre ellos, de que no se passaria a biuir a otra parte. Ca entonces no seria obligada a lo seguir, sino sobreuiniesse necessidad al marido de se yr de alli: assi como enfermedad, o enemistad capital. No seria
tāpoco
tanpoco
obligada a seguir al marido, si
ꝗsiesse
quisiesse
ser vagamundo, si al tiempo que con el se caso no lo era, o no lo
sabia ella
. Ca si lo sabia, obligada es a seguirle, con tanto que fuesse vagamundo por causa honesta: ca si lo fuesse por causa deshonesta, o si la quisiesse traer a pecado, o con peligro de su vida, no seria obligada a lo seguir. Porque quien desta manera vaga, peca, y
no se le de ne consentir enel pecado
.