¶ A que es obligado el que mata, o hiere a otro.

SVMARIO.

  • Mata quien injustamente a otro, que ha de restituyr si era libre, y que, si era esclauo, o animal bruto. numero. 19. &. 20.
  • Si deue yr a la carcel &c. numero. 21.
  • Que ha de pagar al padre, madre, o a los hijos, o herederos &c. numero. 22.
  • Que gastos dela cura. numero. 23.
  • Si es lo mesmo, del que excede la moderada defension. nume, 24.
DEl
19
que mata a otro injustamente, dize Scoto
In. c. 4. d. 15 quæst. 3.
, ( con quien harto cōciertan conciertan Adriano
, Ioan Maior
In. 4. d. 15. q. 14.
) lo primero, ser locura pẽsar pensar , que quien mata el buey de su proximo, es obligado a restitucion, y no el que mata al mesmo proximo. Contra los quales haze la ley
, que dize ser inestimable el hombre libre: y la que dize
, que al hombre libre, que passando por la calle, hieren con algo que se echa, o cae de las ventanas, se le deue pagar la cura, y los jornales, que dexo de ganar: pero no nada por la señal, y fealdad, que le quedo de la herida. Porque el cuerpo libre no recibe estimacion. Y la ley que dize
, que aunque contra el dueño del animal, que mata vn esclauo, su señor tiene action, y tambiẽ tambien el hōbre hombre libre herido del animal, para que le pague la cura, y los jornales: pero no, para que le pague la fealdad, que dello le queda. Ni tāpoco tanpoco , si lo mata. segun la glossa della
d. l. Ex hac.
, y otras
semejātes semejantes a ella. Y lo mesmo dixo Azo
, y lo mesmo mas claro tiene Hostien se
. Ansi
20
que resoluemonos, que quien mata, o hiere algun animal bruto del proximo, o esclauo: es obligado a restituyr lo que valia lo que mato, y aun la fealdad que della le quedo, en quāto quanto le haze valer menos. Y que tambien el que hiere a hombre libre, es obligado a restituyr lo que se gasto en su cura, y los jornales que ha perdido, o perdiere por ello toda su vida, pero no la fealdad, que de la herida le quedo. Mas el que mato a hombre libre, no es obligado a pagar nada por la vida que le quito: aun que si, por lo que gasto en la cura, antes que muriesse, y por el daño que sus hijos, o herederos recebieron, como luego le diremos. Y aun por lo que se gasto en su entierro honesto, y acostumbrado hazerse a los hombres de su qualidad: porque fue causa de aquel gasto
: aun que esto postrero, nadie lo dixo hasta nos.
¶ Lo segundo dize Scoto,
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que deue sufrir con paciencia la muerte, que por ello le dieren, cōforme conforme a la ley: aun que no tomarla por si mesmo, que es muy bien dicho
. Ni aun es obligado (a nuestro parescer) a se offrecer a la prision, ni a la muerte que le dieren: aun que mucho conuernia esto para su anima.
¶ Lo tercero, dize, que ya que no padezca la muerte, conuendria que empleasse toda su vida cōtra contra infieles: y ya que no quiera esto, deue hazer alguna restituciō restitucion (a juyzio de buen varō varon ) en obras espirituales, que valgan tanto, quanto la vida del que mato, segun la equiualencia, y ygualdad, que desto se puede hallar: pero esto no nos paresce necessario, por lo arriba dicho.
¶ Lo quarto, dize,
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que de mas desto es obligado a satisfazer a su padre, o madre, hijos, o parientes la perdida, que por aquella muerte recebieron: lo qual es juridico. Y hablando mas claro Panor.
In. c. 1. de iniu. colu. 1.
. despues del Speculador
, dize, que ha de restituyr a sus herederos, lo que por su arte, o trabajo pudiera ganar el muerto: lo qual parece estar por derecho
estimado en cinquenta ducados, como lo sintio singularmente Hostiense
vbi supra.
.
¶ Lo quinto, que desto se puede inferir lo que dize Maior.
. s. que a mayor restitucion es obligado el que mata a vn çapatero, o a otro official mecanico, que el que mata a vn noble: aunque mas peque quien mata a este, que a aquel
.
¶ Lo sexto
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que lo que Scoto, y la Comun
Vbi supra.
dizen es, que no solamente quien mato, pero aun quien hirio, es obligado a pagar los gastos que el herido hizo en su cura, y lo que dexo de ganar por ello en su officio, al tiempo, que estuuo doliente, y toda su vida despues. Y el confessor no deue absoluer al que mato, o hirio, sino haze, o de veras propone de haze esta restitucion, segun la mente de todos. Todo lo qual se entiende, del que injustamente mata, o hiere: Ca el que justamente haze esto, a nada es obligado
. No es
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empero, del numero de los que justamente matā matan , el que excede el modo en se defender. Antes (a nr̃ nuestro parecer) que quier que digā digan otros, aun que mucho menos peca, y menor penitencia meresce
en el fuero interior, y menor pena enel exterior, que quien volũtariamente voluntariamente mata: pero a tanta restitucion es obligado, como el otro, alomenos si la culpa llega a mortal, por vna ley bien ponderada
: pues la tal muerte no solamente es injusta, por la mala intẽcion intencion , pero aun por la misma obra exterior. Lo qual dezimos para excluyr la respuesta, que se nos podia dar por vn dicho de vn Cardenal
. s. que quien mata en justa guerra, o por mandado justo con mala inten| cion, aunque peca por sola la mala intencion, pero no es obligado a restituyr.
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