QVien
† esta
amācebado
amancebado
, con peligro de tornar pecar, no deue ser absuelto, sin que primero se aparte,
con proposito de
nũca
nunca
tornar a ello: porque no puede auer verdadera penitencia, ni contricion, sin que
le
quitẽ
quiten
las causas, y oportunidades propinquas de
pecar, qual es esta, como largamente lo diximos sobre vn dicho
de S. Augustin
, despues de S. Thomas
, recebido por Paludano,
y otros, y por S. Antonino
, seguido por los otros Sumistas. Y por
lo que arriba
diximos, ser necessario, para la verdadera contricion. Y porque parece, que quasi nunca pueden biuir en vno los
amancebados, sin prouable peligro, de que peque el vno, o el otro
|
por obra, palabra, voluntad, o deleyte. No dezimos lo que se ha de
hazer,
quādo
quando
pueden habitar sin peligro depecar, mas de que no
se deuen absoluer, sin que se determinen a nunca mas habitar juntamente. Lo mesmo
† que de los amancebados, dezimos delos
q̃
que
el
pueblo cree,
q̃
que
lo son,
aunq̃
aunque
no lo sean, hasta
q̃
que
se publique la verdad:
Porq̃
Porque
no solamente del pecado, pero aun de lo
q̃
que
comunmente parece tal, nos hemos de guardar, segun el Apostol
. Lo mesmo
dezimos del
q̃
que
morando con alguna persona, no puede por su flaqueza euitar: o (por mejor dezir) le parece, que no euitara de pecar
mortalmente, sino se apartare della: Ca deue se apartar della,
aunq̃
aunque
sea padre, madre. hijo, hija, marido, o muger, por la mesma razon.
Y añadimos,
† que si el señor de la esclaua, que ha tenido copula
conella, perseuera en su dañada voluntad, y ella no puede resistir,
o le parece, que por su flaqueza no le resistira, sino huye, se podra
huyr, como la muger casada se puede apartar de su marido, quando la quiere atraer a pecar
. Y aun a nuestro parecer, podria compelir al señor, a que la venda a quien no la trate assi, aunque nadie
lo apunte, pues por el mal, y cruel trato del cuerpo (que es menor,
que el del alma
) lo puede compelir a ello
.