¶ Delos fructos de los beneficios mal gastados.

SVMARIO.

  • Beneficiados quales fructos restituyran. numero. 94.
LA
94
opinion Comun, de que los beneficiados, que gastā gastan los fructos de sus beneficios con mancebas, o otros vanos o malos vsos, o en enrriquecer pariẽtes parientes , y los que los reciben, son obligados a restituyr, se ha de entender, excepto lo que gasta de la parte de la renta, para su decente sustentacion necessaria. Como si vno puede virtuosa, y decentemente gastar mil ducados en su comer, vestir, y familia, y tiene de rẽta renta dos mil, y gasta mil en buenos vsos, y. 200. en superfluos vanos, o malos, sera obligado a restituyr. 200. y no mas. Y si limita los buenos tanto, que no gasto mas de. 800. enellos, no sera obligado a restituyr nada de los. 200. que gasto en malos, o vanos. Y si los limita en. 100. que no gasta sino. 900. sera obligado a restituyr. 100. como largamente alibi lo prouamos
, tocando en particular muchas, y grandes dudas desta materia.
¶ Dela restitucion de lo ganado en juegos, dira se despues
in. c. 19.
. Y tambien dela fama, y deshonrra
in cap. 18.
.
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