¶ De las cosas halladas.

SVMARIO.

  • Halla quien algo, como peca mortalmente cōtra contra el septimo mandamiento, sino lo buelue, o no busca cuyo era, o no lo da a pobres. nu. 169. & seq. Si busca thesoro por arte Magica: o halla madera lleuada por creciente: o algun animal en el lazo. nu. 176.
  • Bienes quales no son de nadie, y se hazen de los que los hallan, y toman. Quales desechados. nume. 170. &. seq. Thesoro que, y el hallado cuyo, si del señor directo o vtil, Si del arrẽ dador arrendador . Si del fisco. Si dela yglesia. nume. 172. & seq. Si el dinero derramado o escondido, es thesoro. numero. 175.
SI hallo algũa alguna cosa notable agena y no desechada de su dueño, y la tomo para si.
. M. o no la hizo denũciar denunciar en lugares publicos, para que viniesse a noticia del que la perdio, segun Scoto
In. 4. d. 15.
recebido. Diximo (notable agena) porq̃ porque tomar cosa minima, no es mortal
, ni venial tomar lo que nũca nunca fue de nadie: quales son las aues, y bestias fieras, las perlas, y piedras preciosas de la orilla de la mar, que son de los que las hallan, y toman
. Qual
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es tambien, lo que | algun tiempo fue de alguno, pero no de mucho aca: como los thesoros, de que luego diremos. Quales tambien son las cosas desechadas de sus señores
. Presumese desechar su cosa perdida el señor por conjecturas, como quando calla, y ni la busca, ni la haze buscar, segun Frederico Senes
In consi. 17.
: o quando echa el libro abierto en la mar
glo. in. d. §. Si iactum.
, aun que sea en tiẽpo tiempo de fortuna. No empero por solo echar en la mar, o en el rio, por causa de tempestad
. Y menos por se lo lleuar la creciente del rio
. Y si
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despues de pregonada, o denunciada en los lugares publicos para ello necessarios, no parece el se ñor, ha se de restituyr a los pobres
. Y aun el mesmo, que la hallo (si es pobre) la puede tomar para si toda, o parte della como para pobre, que es: alomenos con consejo de su confessor, y rogar a Dios por cuya es, por lo que alibi diximos
. Mas mire que su codicia no lo engañe, ni lo haga mas pobre de lo que es para tomar la para si
.
¶ Si a caso hallo algun thesoro escōdido escondido , en lugar ageno, y no dio la mitad al señor: o si de proposito cauo sin licencia del señor, o lo hallo, y no le dio todo, sacado el premio de su trabajo, conforme a derecho, y a lo que luego se dira. M. segun la mente de vna glossa
In. c. Si quid 14. q. 5.
. Para
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declaracion de lo qual dezimos, que thesoro es dinero amonedado, o por amonedar escondido so tierra, o en algun otro lugar, cuyo señor no se conoce, y de cuyo escondimiento no ay memoria
. Y (segun derecho) es todo del que lo halla en cosas suyas, quanto al señorio directo, y vtil. Y si lo hallo a caso en lugar ageno, la mitad es del que lo halla, y la mitad del Señor del lugar, do se hallo. Y si lo hallo buscando de proposito, todo es del que lo halla, segun muchos: y segun otros, todo del señor del lugar, do se halla. Y estos tienen razon, quando se busco sin licencia, y consentimiento del señor, y los otros, quando se busca con su consentimiento
.
¶ Desto
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se sigue, que el acreedor, que halla el thesoro enla casa que tiene en prendas, y el marido que lo halla en la tierra dotal, lo ha de partir con el deudor, o con la muger. Y tambien el que lo halla en la tierra, o casa, que trae a rẽta renta por poco tiempo. y aun el que la trae por mucho, o por vida, o vidas, o en emphiteosi perpetua. Porque ninguno destos es entero señor
, y assi ha de dar la mitad al que tiene el señorio directo. Y assi mismo el que tiene el señorio directo, ha de partir a medias con el que tiene el vtil
. Señorio
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directo y no vtil tiene, quiẽ quien tiene la propriedad y no el vsufruto, por | lo tener dado en emphiteosi perpetua, o por vida, o por diez años. Señorio vtil y no directo tiene, el que no es señor de la propriedad para disponer della, mas si, para lleuar los frutos por su vida, o por mas, o alomenos por diez años
.
¶ Siguese tambien que quien halla el thesoro en lugar publico, la mitad del, deue al fisco, o ala ciudad, villa, o lugar, cuyo es tal lugar. Y quien en lugar sagrado, o religioso, la mitad deue al perlado del tal lugar, segun el derecho comun: aun que donde ay otras leyes acerca desto, o de las otras cosas halladas, aquella se deue guardar, sin esperar sentencia del juez, como lo dixo bien Caietano
2. Sec. q. 66. articu. 3.
.
¶ Siguese
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tambien, que quien halla algun dinero derramado por el campo, o en algun saco tras alguna mata, o en algun agujero de alguna casa, lo ha de restituyr, porque no es thesoro, por lo susodicho
. Y quien halla algun dinero escondido por miedo dela guerra, o por tenerlo mejor guardado: porque no es propriamente tal el thesoro, de que hablamos. Por lo qual ningun derecho gana en el para si, el que lo halla: antes lo ha de restituyr al que lo escōdio escondio , o a sus herederos
, o a pobres, y no lo haziendo, peca. M.
si por cō jecturas conjecturas parece, que no ha mucho tiempo que alli se puso.
¶ Si compro alguna casa, o tierra, y hallo en ella algun thesoro, no ha de restituyr al vendedor nada
l. A tutore. vbi supra.
: aun que sabiendo, que auia thesoro la ouiesse comprado de quien no lo sabia, segun la mente. de S. Thomas
2. Sec. q. 66. art. 5.
, que quier que diga Angelo.
¶ Si
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busco thesoro por arte magica, o por adeuinaciones, y otros modos ilicitos: aũque aunque sea en su campo. M. y si lo hallo, todo es del fisco
. Pero parece que lo puede tener, hasta que sea condenado, por ser pena
.
¶ Si hallo alguna madera lleuada por la crecida del rio, y la tomo para si, siẽdo siendo ella de qualidad, que por derecho no se presumia ser auida por desechada. M.
sino quando la hallo en su campo, y requerio al señor que la quitasse, o la ouiesse por desamparada, o al juez, que le assignasse tiempo, en que desocupasse su campo. Ca si el dueño no acude a ello, ni parece: presumese que no cura della, y el señor del campo no pecara, tomandola para si
d. l. Qui leuā dæ leuandæ .
.
¶ Si hallo alguna aue, o animal dentro de algun lazo, es suyo
, sino dōde donde ay costumbre que lo aplique a quien armo el tal lazo
Maior. in. 4. d. 15. q. 10.
.
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