¶ Preguntas.

¶ Preguntas.

SVMARIO.

  • Vsura como es dar dineros al tratante, sin peligro del caudal. numero. 258.
  • Vsura paliada, dar dineros para tratar, a quien sabe que no ha de tratar. nu. 258.
  • Vsura es, poner dinero en compañia a peligro suyo, tomando escriptura de deposito, o emprestido, aunque no, por tomar prendas. &c. numero. 259.
  • Compañia vsada de ciertos pescadores con hombres ricos, si es licita, remißiue. nu. 259. & decisiue. nu. 282.
SI
258
deliberadamente quiso dar, o dio dinero para tratar en compañia, con pacto de que no perdiesse nada de su caudal, y ouiesse parte de la ganancia: o que ninguna perdida del caudal fuesse para el, y la perdida de todo el trabajo, & industria, fuesse a cargo del tratante. M. y vsura: o que la perdida de todo el caudal fuesse para el, y tambien tanta parte de la ganancia, que notablemente fuesse menos de la justa la del tratante. M. pero no vsura, por lo arriba dicho. ¶ Si dio dineros para tratar, a quien sabia que no auia de tratar (como a hidalgo, o clerigo necessitado, que no suele tratar) con cierta suma de ganancia, aunque entreuiniessen los dichos tres pactos, y contratos de compañia, seguro, y arrendamiento. M. y vsura paliada, por lo dicho. ¶ Si
259
verdaderamente delante de Dios, dio dineros para en compañia, con intencion, que la perdida que ouiere sea a su cargo: pero para su seguridad, tomo del mercader escriptura publica de emprestido, o deposito. M. porq̃ porque mintio en daño notable, y prouable de su fama, y de la hazienda del proximo: pues pudo mudar la voluntad, y pedir su dinero, por virtud de la escriptura, como prestado, o depositado, aunque | se perdiera lo que puso en compañia, y a su peligro. Porende ha de romper la tal escriptura, y contrato, si quiere participar de la ganā cia ganancia : y aun ha de restituyr lo que hasta entonces recibio, o contentar con ello al compañero. Aunque hemos respondido, que esto no aura lugar en vno, que recibio el dinero, y contra la voluntad, & intencion del que se lo dio, para su honrra otorgo carta de emprestido, o deposito, en lugar de la de compañia: con tanto, que hiziesse presto rōper romper aquella carta: y podria hazer (si quisiesse) otra de compañia, y aun tomar prendas para seguridad de que si no se perdiere su dinero, se lo boluera: y aun hazer concierto, que no trate en tal, o tal mercaderia, ni en tal, o tal lugar, o tiempo, o con tal, o tal hombre: y si el mercader tratare en cosa, lugar, tiempo, o persona sacada por el concierto, la perdida sera a cargo de quien al tal concierto contrauino, segun S. Antonino
.* ¶ Si dio alguna suma de dinero. &c. como enel fin deste capitulo se contiene.*
Loading...