¶ Lo segundo, que segun S. Tho. d { 2. Secun. q. 72. art. 2. } los pecados de las palabras, principalmente reciben su graueza dela intencion, con que ellas se dizen. Por lo qual quien las dize con intẽcion de dañar al proximo notablemẽte , en algunos bienes espirituales, corporales, o temporales mortalmente peca, aunque no dañe: y tambien si daña aũque no tenga intencion de dañar, si aduierte, o deue aduertir, que por ellas podia dañar notablemente, otramente no, aun que la injuria sea muy graue, como lo siente S. Tho. e { Vbi supra. } y lo declara Caietano.