¶ Lo quinto, [num. 9] presuponemos, que lo que se gana en juego ( aunque no sea mas de pecado venial) se llama ganancia torpe: y seria bien boluerlo al que lo perdio, o dar lo a los pobres: pero no es necessario, alomenos hasta tanto, que le sea mandado por el juez, aunque el juego sea mortalmente ilicito: sino interuino miedo, fuerca, o engano, o inhabilidad, para donar en el, que lo perdio, por ser loco, nino, esclauo, hijo, que esta aun so el poderio paternal, prodigo, muger, monge, frayle, que para ello no tenia licencia, o algun otro semejante, segun Ioan Andr. y Calder. d { In. d. c. Clerici. 2. } que quier que diga Panormitano e { In. d. c. Clerici. & in. c. Quia plerique. de immunit. ecclesi. }, y segun Maior, Adriano, y Caietano f { Vbi supra. }. que quierque tenga Gabriel g { Vbi supra. }. Porque ninguna cosa agena toma contra justicia, pues no la toma contra la voluntad de su senor, que se lo podia donar, sin juego, y con el. Y porque, ni lo que se gana por apuestas, sin engano: ni lo que vendiendo, o comprando en dias de fiestas, o lugares sagrados (aun que enello se peque mortalmente ) se ha de restituyr necessariamente por otras razones, que despues delos doctores alegados, dimos en otra parte h { In. d. c. Clerici. 2. }.[*] Parecenos bien lo que apunta el S. D. Soto i { Lib. 4. q. 5. ar. 2. de Iust. & iure. }, que el hijo so el poder de su padre constituydo , que estudia enlas escuelas, o anda enla corte, licitamente puede jugar algo de lo, que su padre le da para gastar. s. quatro o cinco de ciento : que para ello le da. Al qual anademos, que lo mismo se puede dezir del religioso, que estudia o negocia a costas de su Abad, que para su honesta recreacion podra hazer lo mismo: porque el padre y prelado son vistos dar tacitamente licencia para ello k { Arg. glo. cle. 2. de vit. & honesta. verb. Conuertendum & eorum que latè seripsimus hoc anno in. c. Cum ad monast. de stat. monach. }. Lo que empero anade, que el tal hijo no puede ganar mas al que juega con el, que el otro a el, nos parece muy duro: porque todos comunmente presuponen lo contrario . Y porque no ay testo ni razon que concluya , que vn pobre hidalgo (y aun labrador, y mendigo ) no pueda ganar mas a vn principe o rico hombre delo, que el rico puede ganarle a el. Y porque ay testos l { §. Pupillus. Insti. de inutil. stipul. } que dizen, que el contrato hecho con el menor o yglesia vale en perjuyzio del otro, aunque no vala enel suyo m { c. Si qua de rebus. 12. q. 2. &. l. Illud. ff. de iniur. }. Y porque bien puede padecer injuria, quien no la puedehazer, y por perder la potencia actiua de perder, no se pierde la passiua de ganar. Aunque su opinio se podria saluar enel que dixo ser persona habil para donar y perder, no lo siendo n { Arg. l. 2. C. Si minor maiorem se esse dix. }.