¶ Preguntas.

¶ Preguntas.

SVMARIO.

  • Missa mandada quien no oye, como peca. M. si no la oye entera, o si oyendola, habla, o si oye, o haze otra cosa. O no la suple por oraciones, quando con justa causa no la oye. nu. 8. O oyendola reza sus deuociones, o lo que era obligado por otra via. nu. 9.
  • O fue a oyrla por causa ilicita. O no la hizo oyr a sus hijos, o hijas, y criados, o les vedo, o estoruo. nu. 10.
  • Fin del mandamiento no semanda. nu. 8.
  • Missa que no oyan las donzellas, mala costumbre. Y la que escusa a ellas, escusa a su madre, si teme. numero. 10.
*SI
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dexo de oyr missa entera el dia de fiesta sin justa causa. M. por lo suso dixo.* ¶ Si oyẽdo oyendo el dia de fiesta missa, volũtariamẽte voluntariamente se ocupo en cosas exteriores, que no se compadecen con la atencion necessaria para oyrla, como en escriuir, y pintar. M.
si despues no oyo otra con bastante atẽcion atencion . Y lo mesmo dezimos del que duerme, y aun del que con tan gran atencion habla, o oye, o voluntariamente, se ocupa en parte notable dela missa en pensar cosas impertinentes, que no se compadecẽ compadecen con la atencion necessaria della, segun la mente Comun. Aunque si se compadeciesse con ella, no seria. M. ¶ Algunos quieren dezir, que quien por alguna justa causa no puede oyr missa el dia de fiesta, peca. M. si dexa de hazer alguna oraciō oracion (alomenos mental) para con ella acatar a Dios | por señor, y criador, y amarlo sobre todas las cosas, como lo siente Scoto
. Porque dizen, que todo Christiano es obligado a orar en algun tiẽpo tiempo , so pena de pecado, por derecho diuino, como lo prouamos en otra parte
: y la iglesia determino, que esto se hiziesse los domingos y fiestas, quando se oyesse la missa. Pero esto no parece necessario, porque el justo impedimento desobliga del precepto de oyr missa, y so este precepto, no se manda, que amemos sobre todo a Dios las fiestas: aunque el fin, que por el se pretende es este, como lo prueua bien Adriano
,* y arriba queda tocado
Suprà c. 13. nu. 2.
.*
¶ Si
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oyendo missa de precepto, rezo sus deuociones, a que no era obligado, o las horas canonicas, o otras a que por derecho, penitẽ cia penitencia , o voto era obligado: y tanto atendio a estas, que no atendio bastantemente a la missa. M. y otramente no. Ca que quier que Angelo
Verb. Feriæ. §. 42.
, Gabriel, Major, y Caietano, y otros muchos (que en otra parte alegamos
) digan, la resolucion verdadera es la que alli dimos. s. que el que enel mesmo tiempo que oye missa obligatoria de precepto, reza tambien horas canonicas, o votadas, o dadas en penitencia, o deuocion: cumple con todo, si tiene atencion a todo, por no ocupar el sentido tanto acerca de lo vno, que dexe de estar atento, quanto es necessario acerca de lo otro. Lo qual se puede hazer, pues ninguno es obligado de precepto, a oyr, ni a entender lo que el sacerdote canta o dize. Y basta estar presente al sacerdote, que por todos habla, y ruega, y dessear que Dios le oya, poniendose de rodillas, y leuantandose como los otros. Lo qual todo se puede hazer, atendiendo bastantemente a lo quereza, y no se ocupando adrede en pensar, imaginar, dezir, ni hazer cosa que a su desseo, y assistencia repugne. Y esto mayormente procede, quando reza las horas, y oraciones sobredichas al tiempo que no puede oyr, ni entender al sacerdote: o por estar lexos: o porque el sacerdote habla baxo o secreto: o por el oyente ser sordo, o por otros semejantes respectos. Y la opinion contraria puede proceder, quando el que esto haze, no esta atento mas que a vna sola cosa, de las que es obligado a hazer, y no a la otra. Porque el tal no cumple, sino con aquella, a que tiene atencion necessaria. Y si a ninguna de las tales cosas tuuiesse la necessaria, con ninguna dellas cumpliria. ¶ Si
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fue a la yglesia principalmente por parlar: o por ver alguna hermosa muger: o por qualquier otra cosa no licita, no satisfaze al precepto de oyr missa, segun Adriano
Vbi suprà. in sine.
, a quien no creemos en esto: porque bien puede yr mal a esso a la yglesia, y oyr bien missa en ella: y porque | presupone, que con obra mortalmente mala no se puede cumplir el mandamiento bueno: que tambien es falso, como lo prouamos largo en otra parte
. ¶ Si siendo señor, padre, o amo, por su gran negligencia, o por los ocupar en cosas, que para otro tiempo se podian dilatar, su esclauo, hijo, o criado dexo de oyr missa el dia de fiesta. M
. Ni nos parece tolerable la costumbre, de que las donzellas nobles nunca salgan a missa, ni a sermon, antes que se casen: mayormente, si las lleuan a bodas, & juegos, o las permitan estar en las ventanas. Aunque si los padres no las dexan yr a missa, serā seran ellas escusadas
: pero no ellos, si alomenos las grandes fiestas, y de quando en quando no las lleuan a missa, o no se la hazen dezir en casa.* Y quando la hija donzella se escusa, tambien se escusaria la madre, que para su guarda, por prouable temor con ella, quedasse.*
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