¶ Si
† oyendo missa de precepto, rezo sus deuociones, a que no era
obligado, o las horas canonicas, o otras a que por derecho,
penitẽ
cia
penitencia
, o voto era obligado: y tanto atendio a estas, que no atendio bastantemente a la missa. M. y otramente no. Ca que quier que Angelo
, Gabriel, Major, y Caietano, y otros muchos (que en otra
parte alegamos
) digan, la resolucion verdadera es la que alli dimos. s. que el que enel mesmo tiempo que oye missa obligatoria
de precepto, reza tambien horas canonicas, o votadas, o dadas en
penitencia, o deuocion: cumple con todo, si tiene atencion a todo,
por no ocupar el sentido tanto acerca de lo vno, que dexe de estar
atento, quanto es necessario acerca de lo otro. Lo qual se puede
hazer, pues ninguno es obligado de precepto, a oyr, ni a entender
lo que el sacerdote canta o dize. Y basta estar presente al sacerdote, que por todos habla, y ruega, y dessear que Dios le oya, poniendose de rodillas, y leuantandose como los otros. Lo qual todo se
puede hazer, atendiendo bastantemente a lo quereza, y no se ocupando adrede en pensar, imaginar, dezir, ni hazer cosa que a su
desseo, y assistencia repugne. Y esto mayormente procede, quando reza las horas, y oraciones sobredichas al tiempo que no puede oyr, ni entender al sacerdote: o por estar lexos: o porque el sacerdote habla baxo o secreto: o por el oyente ser sordo, o por otros semejantes respectos. Y la opinion contraria puede proceder,
quando el que esto haze, no esta atento mas que a vna sola cosa,
de las que es obligado a hazer, y no a la otra. Porque el tal no
cumple, sino con aquella, a que tiene atencion necessaria. Y si
a ninguna de las tales cosas tuuiesse la necessaria, con ninguna dellas cumpliria.
¶ Si
† fue a la yglesia principalmente por parlar: o por ver alguna hermosa muger: o por qualquier otra cosa no licita, no satisfaze al precepto de oyr missa,
segun Adriano
, a quien no creemos en esto: porque bien puede yr mal a esso a la yglesia, y oyr bien missa en ella: y porque
|
presupone, que con obra mortalmente mala no se puede cumplir
el mandamiento bueno: que tambien es falso, como lo prouamos
largo en otra parte
. ¶ Si siendo señor, padre, o amo, por su gran
negligencia, o por los ocupar en cosas,
q̃
que
para otro tiempo se podian dilatar, su esclauo, hijo, o criado dexo de oyr missa el dia de
fiesta. M
. Ni nos parece tolerable la costumbre, de que las donzellas nobles nunca salgan a missa, ni a sermon, antes que se casen:
mayormente, si las lleuan a bodas, & juegos, o las permitan estar
en las ventanas. Aunque si los padres no las dexan yr a missa,
serā
seran
ellas escusadas
: pero no ellos, si alomenos las grandes fiestas, y de
quando en quando no las lleuan a missa, o no se la hazen dezir en
casa.* Y quando la hija donzella se escusa, tambien se escusaria la
madre,
q̃
que
para su guarda, por prouable temor con ella, quedasse.*