PAra
† rayzes desto presuponemos lo primero, que condicion,
como aqui se toma
propriamẽte
propriamente
, es suspension de alguna disposicion, hasta
q̃
que
alguna cosa venidera se cumpla.
Y pone se por
aq̃
lla
aquella
palabra, si, o otra, que tanto valga:
como, prometo, o mando a
fulano, si tal o tal cosa se hiziere: casome, o desposome
cō
con
. N. si esto,
o aquello aconteciere. Lo. ij. que tres especies de condiciones pueden entreuenir enel matrimonio, segun la glossa recebida.
Las
vnas son torpes, y
cōtra
contra
la substancia, o bien del matrimonio, qual
es aquella: Si hizieres,
q̃
que
no puedas concebir, que es contra el bien
|
de generacion, y aquella: Si no hallare otra mas rica, o mas noble,
que es
cōtra
contra
el bien dela inseparabilidad, y aquella: Si ganares de
comer adulterando, que es contra el bien de la fe. Las quales todas
anulan el matrimonio.
Las otras son torpes, o impossibles de hecho, mas no
cōtra
contra
la
substācia
substancia
, o
biẽ
bien
del matrimonio, qual es
aq̃lla
aquella
.
Si hurtares, matares, o si tocares al cielo con el dedo. Las quales ni
anulan, ni suspenden el matrimonio, antes son auidas por no puestas en fauor del matrimonio, y se juzga por puramente, y sin con
dicion alguna
cōtraydo
contraydo
.
† Las terceras son honestas, qual es aquella. Si mi padre quisiere, si me dieren tanta dote. Las quales si
propriamẽte
propriamente
son condiciones, suspenden el matrimonio, hasta
q̃
que
la
cō
dicion
condicion
se cumpla:
con tanto,
q̃
que
al comienço se
pongā
pongan
,
y entrambos consienten enellas expressa, o tacitamente, expressandolas el
vno, y callando el otro, segun Adria.
Aun
q̃
que
Innocen.
requiere,
que entrambos consientan expressamente, sin fundamento para
ello bastante. Diximos (si propriamente son
cōdiciones
condiciones
)
porq̃
porque
la
q̃
que
es de cosa passada, o presente, como
aq̃lla
aquella
, Si fulano murio, o biue,
no suspende, por no ser propria la
cōdiciō
condicion
, antes dende luego queda el matrimonio por ninguno, sino es verdadera: y por puro y valido, si lo es.
Y por la misma razon. s. por no ser propriamente
cō
dicion
condicion
,
no
suspẽde
suspende
el matrimonio la causa enel puesta: como, Casome contigo, porque heziste tal cosa: ni el modo, como, Casome
contigo, para
q̃
que
hagas tal cosa: ni la demostracion, como, Casome
contigo mercader, o señor de tal cosa. Y aun
q̃
que
nunca suspendan
estas tres cosas, pero
anulā
anulan
quādo
quando
son
cōtra
contra
la
substācia
substancia
, y bien del
matrimonio:
o si induzen y erro de persona, de
q̃
que
arriba
diximos. ¶ Lo. iij.
† dezimos
q̃
que
desto se sigue,
q̃
que
quien se casa
cō
con
cōdicion
condicion
, si su padre fuere
cōtento
contento
, no es matrimonio, antes
q̃
que
el sea contento: y comiença ser lo luego,
q̃
que
lo fuere, si los contrayentes perseueran en su voluntad:
y no ay nada hecho, si el padre lo contradixere. Aun
q̃
que
ay gran duda, si lo sera, si despues de vna vez
cōtradicho
contradicho
, consintiesse.
Porq̃
Porque
esta condicion: Si mi padre
cōsintiere
consintiere
, parece
q̃
que
se ha de verificar del primer consentimiento.
Pero lo mas verdadero, parece
q̃
que
si aun los casados perseueran en sus
volũtades
voluntades
, es
matrimonio,
segũ
segun
el Cardenal,
Tambien ay opiniones diuersas,
quādo
quando
el padre no contradize, ni consiente
expressamẽte
expressamente
: pero parecenos
biẽ
bien
lo
q̃
que
dize Syluestro.
s.
q̃
que
si por señales se colige,
q̃
que
calla
por le plazer, vale el matrimonio: y si porque le desplaze, no. Y en
duda, creer se ha que le plaze, y tener se ha por matrimonio. ¶ Siguese
tambiẽ
tambien
,
† que si al tiempo que fue puesta la
condiciō
condicion
, el pa|
dre ya era muerto, y el hijo no lo sabia, no sera matrimonio:
porq̃
porque
el muerto, ni consiente, ni desconsiente.
Y si lo sabia,
quādo
quando
puso
la condicion, es auida por no puesta, y por impossible, y vale el matrimonio.
¶ Siguese,
q̃
que
si antes
q̃
que
la condicion se
cũpla
cumpla
, vno dellos
muda la voluntad, y se casa con otro sin condicion, valdra el segundo matrimonio, puesto que despues la condicion se
cũpla
cumpla
.
Porq̃
Porque
en las cosas,
q̃
que
cuelgan dela voluntad del disponedor, el
cũplimiento
cumplimiento
de la condicion no se refiere al
tiẽpo
tiempo
del
cōtrato
contrato
, segun la glossa
recebida.
Pero antes que se case
cō
con
la segunda, puedelo la yglesia
constreñir a recebir la primera,
quādo
quando
la condicion se cumpliere.
¶ Siguese,
† que ay differencia de dezir, Casome contigo, o casar
me he contigo, si consintieres, que tenga contigo parte. Porque en
el primero caso se consiente, luego, y aun antes de la copula, es matrimonio: y enel
segũdo
segundo
no, sino despues della, segun apunto bien
Syluestro.
Porque, o aquella condicion es torpe, por se entender
de copula ilicita, y tienese por no puesta:
y quitada aquella, enel
primer caso, es puro matrimonio, y enel
segũdo
segundo
puro desposorio:
o la
cōdiciō
condicion
es licita por se entender de copula
cōjugal
conjugal
, y enel primero refulta
consentimiẽto
consentimiento
cōjugal
conjugal
, y enel
segũdo
segundo
de desposorio.
Y si enel segundo se siguiesse copula con animo fornicario, no seria matrimonio, quanto a Dios, aun que si, quanto ala yglesia.