¶ Delas obras de misericordia. SVMARIO. -  Misericordia inclina a estas sus siete obras corporales: y a estas siete espirituales. Llaman se tambien obras de charidad como nietas della, por ser hijas de la misericordia, que es hija dela cha ridad. numero. 2. Son muy acceptas a Dios. numero. 8. -  Limosna espiritual mejor que la corporal. Quando es de precepto y quando de consejo , con la concordia de dos opiniones. n. 3. &. 4. -  Limosna mandada , si ha de ser graciosa. numero. 4. -  Restituyr no es obligado el dano, quien dexa de dar la limosna mandada : aunque si, quien no paga la deuda con su linda razon. nu. 5. -  Limosna no se deue de precepto al que esta en peligro de perder la honrra, como al que esta en extrema necessidad. numero. 5. -  Necessidad extrema qual. Que se dize necessario para la vida y estado. num. 6. Que el que no tiene mas dello, no es obligado a limosna. n. 7. Superfluo para la vida y estado que . Pocos casados lo tienen. Thesorar pueden los reyes, y otros legos para esto. nu. 7. -  Morio, mal ningun misericordioso, segun S. Augustin. nu. 8. -  Limosna sino se da, de se buena respuesta. numero. 8. PResuponemos lo primero, [num. 2] que ay siete obras de misericordia corporales, que se contienen en vn versillo declarado, por S. Thomas a { 2. Sec. q. 32. art. 2. }, y por el Arcediano b { In. c. Tria. 45. distin. }. s. Visito, poto, cibo, redimo, tego, colligo, con do. Dar de comer al hambriento . Dar de beuer al sediento . Rescatar al preso. Vestir al desnusdo. Hospedar al peregrino. Visitar al enfermo. Y enterrar al muerto. Y siete espirituales, que se contienen en otro versillo, declarado por los mesmos. s. Consule, castiga, remite solare, fer, ora, Por consule, comprehendiendo tambien doce. Aconsejar al que tiene necessidad de consejo : Ensenar al ignorante: Consolar al triste Corregir al que yerra: Perdonar al que lo dano: Suffrir las pesadumbres agenas: y orar por otro. ¶ Lo segundo, que todas estas obras de misericordia, se llaman tambien de charidad c { c. Inter. opera charitatis. de spon. & ca. Duae. 45. d. }: pero como todas ellas son limosnas, segun S. Aug. d { In. d. c. Due }, y S. Tho. e { 2. Sec. q. 32. art. 2. } y nacen inmediatamente de aquella gran virtud, que se llama misericordia, son hijas suyas: aunque tambien porque mediatamente nacen de aquella mayor, y suprema, que es la charidad, como nietas suyas se llaman obras della, segun la mente de S. Th. f { 2. Sec. q. 38. art. 2. &. q. 31. } ¶ Lo terceo, [num. 3] que la limosna, hora sea espiritual (que es mejor, que la corporal, segun S. August. g { In d. c. Due. }, y S. Tho. h { d. q. 32. art. 3. }.) hora sea corporal, a las vezes se deue de precepto, y a las vezes de consejo. Deuese de precepto, quando occurre algun pobre puesto en extrema necessidad, al que tiene mas de lo necessario para sostener su vida, y la de los suyos. Item quando vno tiene mas de lo necessario para su vida, y estado, y para la delos suyos, y le occurre alguno, que no tiene, para mantener su estado, aunque tenga para mantener su vida como lo siente S. August. a { In. c. Quid dicam. 14. q. 4. ca. Hospitales. 22. d. }, y S. Ambrosio b { In. ca. Sicut hi. 47. d. }, y S. Tho. c { 2. Sec. q. 32. ar. 5. & quodli. 8. art. 12. }, y se prueua por las razones y authoridades por el alegadas. Y muy neruosamente lo confirma Caieta. d { In. 2. Tomo. de precepto eleemosynae. sex. capitulis, & in. d. ar. 5. & Maior. in. 4. d. 15. q. 5. }: aunque Panor. e { In ca. Si vero. de iureiur. }. S. Anto. f { 2. part. ti. 1. c. 14. }, y la summa Rosella g { Verbo. Eleemosyna. }, tienen lo contrario, por auer mal entendido a S. Tho. h { In. d. arti. 5. } Ay porende grande differencia entre estos dos casos: [num. 4] Porque enel primero, es obligado a dar limosna a aquel, que le occurre, y pide con extrema necessidad. Enel segundo , basta que de lo superfluo, al que tuuiere necessidad para su estado: y no es obligado a dar necessariamente al que le occurriere, y pidiere, como lo declaro el mesmo S. Thomas i { In d. art. 12. & Caie. vbi supra. cap. 3. }. Y con esta distincion se podian concordar las dichas dos opiniones, de los dichos varones illustres. Diziendo en suma, que el que tiene hazienda para mas de sustentar su vida, y estado, y el delos suyos, es obligado (so pena de pecado mortal) a dar limosna a los pobres, como dizen Caietano. Maior, y aun S. Thom. y otros: mas no necessariamente a los que le occurren: aunque tengan grande necessidad para mantener su estado, si no fuere estrema para mantener su vida, o la delos suyos, como dizen S. Anton. Panormitano, Rosella, y otros: puesto que su intencion parece, que fue mas larga. Y que segun todos, el que tiene mas de para sustentar su vida, y la de los suyos, aunque no tenga para sustentar su estado, es obligado a dar limosna al que le occurriere, y pidiere con extrema necessidad. Diximos (limosna) y no anadimos graciosa, por que basta que le de emprestada, para le pagar quando pudiere, conforme a lo que arriba escreuimos k { c. 17. n. 60. }. ¶ Lo quarto, [num. 5] presuponemos, que aun que quien no paga lo que deue, quando, donde, y como deue, es obligado a restituyr el dano, que el acreedor por aquella tardanca recibe, por lo arriba dicho l { In c. 17. nu. 25. &. 26. per. l. 3. §. fina. ff. de eo quod cert. loc. & glo. ca. Conquæstus . de vsur. }: pero el que no da limosna al pobre, a quien so pena de pecado mortal deue, no le es obligado a le restituyr aquella limosna, ni el da no, que por ello recebiere. Porque como en otra parte m { In repet. c. Inter verba. 11. q. 3. pagi. 208. nu. 714. } diximos mas largo, tratando la differencia que ay entre el que es obligado por charidad a testiguar, y entre el que por justicia: La charidad no obliga a restituyr lo a que obliga a dar, o hazer so pena de pecado mortal, segun Alexandro Alense n { 3. par. q. 87 }, y la Comun, que lindamente defiende Adriano o { In. 4. de restit. q. 1. col. 9. }: concluyendo no ser obligado a restituyr, el que podiendo por palabras, o por obra, no impide el hurto, y da no del proximo, si su officio publico no lo obligaua a ello por justicia. ¶ Lo quinto, que no solamente ay necessidad extrema, quando el pobre esta para espirar: mas aun quando parecen senales prouables, que vendra a ello, sino fuere socorrido, y no se espera, ni se offrece otra, que le socorra para que a ello no venga, segun S. Tho. a { In. 4. d. 15. q. 2. ar. 1. q. 4. } y lo declara Caiet. b { In opusc. 2. Tomo. de prae cept. eleemosynae. c. 2. } [*] de do se infiere, ser dudosa y tal, que no se recebira: aquella conclusion del S. D. Soto c { Libr. 5. q. 3. art. 4. de iust. & iure. }. s. que el, que esta en peligro de perder su honrra, tiene tal necessidad, que obliga a los otros a su socorro so pena de pecado mortal. Pues aun el mesmo en otra parte d { Lib. 4. q. 6. art. 3. de iusti. & iure. } dize y muy bien , que el hombre es senor de su honrra y fama, para la perdonar comunmente con merecimiento, aquien se la quitare. Puesto que se podria saluar, quanto al que comodamente le pudiesse socorrer, por lo que abaxo se dira e { Infra eo. c. nu. 10. }.[*] ¶ Lo sexto, [num. 6] que superfluo, para vida, y estado es aquello, que no es necessario, segun el estado presente para la vida y estado suyo, o de aquellos que el ha de mantener, sin estrecha cuenta, teniendo respecto a los casos venideros, no a todos los que pueden acontecer, sino solamente a los que por buena prudencia se pueden esperar, o temer, segun ellos mismos f { Vbi supra. }. Y anade Caie. g { In fin. ca. 6. predicti libelli. 2 Tomo. de prae cept. eleemosy. } que necessario se dize lo que es menester, para hijos, hijas, esclauos, criados, huespedes, combidados, dadiuas honestas, y magnificencias razonables. Sienten tambien S. Tho. y dizelo Caiet. y declara mejor Sylue. h { Verb. Eleemosyna. q. 1. §. 3. & in Rosa aurea. casu. 53. } que lo necessario, para la decencia del estado, no consiste en cosa indiuisible. Y quanto mayor es el estado, tanto mayor es su anchura. Porque en vno sera diez mas, diez menos: y en otro ciento mas, ciento menos: y en otro mil mas, mil menos. &c. i { Arg. l. 1. ff. de iur. delibe. &. c. De causis. de offi. dele. & eorum . que de pretio . iusto, pio, mediocri, & riguroso dicta sunt supra. c. 17. n. 228. & in . c. 23. n. 78. } ¶ Lo septimo [num. 7] anadimos, que ninguno es obligado a dar limosna de aquello , que le es necessario, para su decente estado, sino aquien tiene mayor necessidad. Porque cada vno es obligado a biuir con la decencia de su estado, si puede. Y si no quiere, deue lo mudar (aun que sea decente) en otro: como singularmente lo enseno aquel pielago de buen saber S. Thomas k { 2. Sec. q. 32. art 6. Facit ca. Quoniam . 24. q. 1. & principium . c. 1. &. 2. q. 41. dist. }. ¶ Lo octauo, que desto se sigue, que no se ha de juzgar facilmente vn lego tener mas de lo que a su estado pertenece: pues aun quien athesora para comprar algun senorio, y mudar su estado en otro mayor, de que es digna su abilidad, no tiene mas de lo que a su estado pertenece, como queda arriba dicho l { Supra cap. praeced. de auaritia. nu. 74. }. Diximos, legos, porque los clerigos no pueden ansi athesorar delas rentas delas yglesias, como abaxo m { In c. sequen . nu. 131. circa beneficiarios. } se tocara. Siguese tambien , que el author dela suma Rosella, no tuuo razon de dezir, que si la limosna fuesse de precepto en los dichos dos casos, pocos confessores de los ricos se saluarian : porque no son tantos (como el pensaua ) los ricos, aquien sobra. Pues aun los reyes, y grandes senores, que tienen thesoros, para las guerras, que prouablemente temen contra sus republicas, o las deuen hazer por ellas, no se diran tener superfluo. ¶ Lo nono, [num. 8] que quan acceptas sean las obras de misericordia, el mesmo Christo lo dixo por sus Euangelistas a { Lucae. 11. & Matthae. 25. }, y toda la escriptura sagrada: y la delos doctores sagrados esta llena dello: y baste para aqui aquello de S. August. b { In sermo. 45. Ad fratres in eremo. } No me acuerdo auer leydo, que muriesse mal, quien biuiendo se exercito bien enlas obras de piedad. De donde se sigue, no ser cordura reseruar las limosnas, para despues dela muerte: y menos, trabajar de ayuntar muchos bienes superfluos, para los dexar a sus hijos, que por ventura los destruyran , o les seran causa de mas pecar, y que se condemnen . Y aun parece locura, trabajar en este ayuntamiento , sin hazer limosnas, no teniendo hijos, ni padre, ni hermanos. ¶ Siguese tambien, que mal haze quien echa de si al pobre pediente, con aspera respuesta, aun quando no es obligado a darle limosna: puesto que no es. M. segun S. Augustin c { ca. Vnum . sub fin. 25. d. }: Porque aunque no le deua limosna, deuele benigna respuesta, segun los Parisienses d { In. 4. d. 15. q. 7. }.