¶ Delos medicos, y cirugianos.

SVMARIO.

  • Medico, o cirugiano como peca mortalmẽte mortalmente , sino sabe lo que basta para curar. O no cura por sus reglas. O es negligente en visitar o estudiar. &c. con su limitacion cotidiana. O da medicinas, o otra cosa, dudando del daño. O desempara al enfermo antes que deuia. n. 60. O corta miẽbro miembro . O sangra sin saber lo hazer. O no escoge medicinas quando &c. O dilata la cura. n. 60. &. 61.
  • Cirugiano o medico, como peca, sino induze al enfermo a confessarse, con su declaracion. n. 61. O aconseja directa, o indirectamente pecar con muger, mouer &c. O da licencia indeuida para comer carne, o no ayunar. nu. 62. O no auisa al doliente, que se muere, en tal caso. O pidio salario demasiado. nu. 63. O haze cōprar comprar sobradas medicinas. O no cura de gracia al pobre, o al rico, por no le querer pagar. nu. 64. O dize mal delos otros medicos, porque se curen con el. numero. 64.
SI vso de la arte
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de medicina, o cirugia, sin saber la bastantemente, aunque sea graduado: o sabiẽdola sabiendola , no seguio las reglas della, o fue notablemente negligente, en estudiar, o en visitar a los enfermos, quanto conuenia. M.
, aunque sane el herido, o el enfermo, segun S. Antonino
3. part. ti. 7. c. 2. §. 1.
. Y es obligado a restituyr todo el daño en la mejor manera, que pudiere, segun la mente de todos, y Panormitano
in. d. c. Tua.
: o si dio medicinas, sin entender la dolencia
. Aun que el que por luenga experiẽcia experiencia sabe curar de algunas enfermedades, como de tiña, huessos quebrados, nubes de ojos, fistolas, dolor de muelas, o dientes, de oydos, y otras semejantes: puesto que no sepan las reglas de medicina, puede curar licitamente: con tanto, que lo hagan sin alguna encantacion, y hechizeria
: y con tanto, que si al enfermo le sobreueniere fiebre, llamen al medico, que dello supie| re, alomenos no se entremetan en lo que no saben
.
¶ Si dudando de alguna medicina, se le dañaria notablemente al enfermo o no, la dio por la experimentar: o porque no dixessen que no sabia: o por ganar: o por otro respecto. M.
Y mas si le dio cosa que sabia, que le seria notablemẽte notablemente dañosa, aunque se la diesse por compassion, o hazerle plazer
Pan. in d. c. Tua nos.
.
¶ Si desamparo al enfermo mas presto de lo que deuiera, por lo qual incurrio en muerte, o mas luenga enfermedad. M. con obligacion de restituyr el daño
.
¶ Si siendo
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necessario cortar algun miẽbro miembro , no hizo buscar alguno, de quien se creya, que se lo cortaria bien: o le hizo cortar, dudā do dudando que ello le seria dañoso: o no sabiẽdo sabiendo sangrar, o cortar, sangro, o corto. M.
O si creyendo, que el boticario pōdria pondria corruptas especies enlas medicinas, no curo de escoger las mejores
Inno. in d. c. Tua nos.
. O si porque le diessen mas, prolongo, o dilato la enfermedad
Anto. de Butrio. vbi supra.
.
¶ Si antes que entiendiesse en la cura del enfermo, no lo induzio, a que se confessasse. M.
Lo qual no procede, quando esta claro, que la dolencia no es peligrosa, segun Angel.
que quier que diga Sylu.
Verb. Medicus. q. 3. d. 3.
Ni aun quando sabe, que es mortal, o peligrosa, si conforme a la costumbre delos buenos, y honrrados medicos dize a su cura, o a los que curan del, que le hagan tomar los sacramẽtos sacramentos : y no lo dexa de dezir por si mesmo por menosprecio, sino por parecerle, que le haria daño con ello al doliente, segun Caieta.
Verb. Medicus.
Porque como el dize alli bien, y nos lo diximos en otra parte
In d. ca. Cum infirmitas.
, aquella ordenança, desta manera se ha recebido, y guardado. Y aunq̃ aunque el enfermo no se quiera confessar, no lo deue por esso desamparar, segun todos.
¶ Si por
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la salud del cuerpo, aconsejo cōtra contra la del alma: como que tenga parte con muger fuera del matrimonio, o que se embeode: o a la muger que mueua
d. c. Cum infirmitas.
. M. Aunque lo hiziesse por ignorancia
. Y aunque no lo aconsejasse derechamẽte derechamente , sino diziendo. Yo no os lo aconsejo, mas si tal cosa hiziessedes, sanariades
.
¶ Si dio cosa a muger preñada, para mouer, aun que le diesse, para la preseruar đla dela muerte, si el niño ya era animado, o dudaua dello. M.
Mas si aun no tenia alma, pudo, y deuio dar la tal medicina, para librar a la madre de su muerte: pues no es causa de la corporal, ni espiritual agena, segun los mesmos.
¶ Si demasiado facilmente dio licencia a los flacos, que no ayunassen: o que comiessen carne en los tiempos vedados, sin causa razonable: o porque conseruassen la salud, affirmo, que el ayuno de la yglesia destruye los cuerpos. &c. M.
con obligacion de reedi| ficar si puede, a los que con sus consejos peruertio. Aun que el enfermo, que duda dello, no peca, si siguiendo el cōsejo consejo del medico
Anto. vbi supra. §. 1.
, lanço de si la duda, y hizo lo que el le dixo.
¶ Si
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viendo, que el enfermo moriria, y creyendo verisimilmente, o dudando que dezirselo, le aprouecharia mucho, por creer, que estaua en pecado mortal, o no tenia ordenado de su hazienda: y que con este auiso saldria del, y ordenaria đlla della , como no se siguiessen discordias entre los herederos: y no lo auiso por si, ni por otro. M.
Mas no, si creya prouablemente, que el dezir selo, le aprouecharia poco, y el callarlo, no le dañaria mucho, por creer que estaua en buen estado, y auia ordenado bien de lo suyo, segun los mesmos: Aun que mejor hiziera en auisarlo por si, o por otros dello.
¶ Si pidio salario notablemente demasiado, no le teniendo publico, o teniendolo con pacto de no recebir nada, o no mas de vn tanto, recebio alguna cosa notable, o mas de lo ordenado, aunque se le diesse por su voluntad. M. con obligacion de restituyr, si no selo merece por otros seruicios, y visitaciones, que en tiẽpo tiempo de sanidad le haze
. El salario, que el enfermo le prometio, por temor de la muerte, o de graue dolencia, no lo puede pedir, si otramẽte otramente es sobrado
. ¶ Si hizo
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cōprar comprar medicinas sobradas al enfermo, por tener pacto con el boticario, o por otros respectos ilicitos. M. con obligaciō obligacion de restituyr
Astens. li. 6. tit. 14.
. ¶ Si no quiso curar de gracia al pobre enfermo. M. segun la glo. celebre, y recebida
. Lo qual (a nr̃ nuestro parecer) se ha de entẽder entender , quando veya, que peligraria, si no lo curasse, y no auia otro que lo curasse, ni quien pagasse la cura: porque entonces esta en extrema necessidad, y otramẽte otramente no, por lo dicho arriba
. Y lo mesmo si no curo al rico, que no le queria pagar, segũ segun la mesma glossa
: lo qual se ha de entender del que bien se queria curar con el, pero por auaricia de no pagar, no lo hazia estādo estando en gran necessidad dello: y si lo cura, puede cobrar su salario despues del muerto, o sano, segũ segun la dicha glossa, y la mente de todos
In. d. §. 1. & d. c. Pasce.
.
¶ Si dixo mal de los otros medicos, porque no se curassen con ellos, siendo idoneos, para ello. M. por lo arriba dicho
Supra. c. 18.
.
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