¶ Si por parcialidades, sobornos, o otras malas maneras procuro, que se hiziesse rector, o lector de alguna cathedra, quien no era para ello: o no tanto notablemente, quanto su competidor. M. segun la mente de Aluaro i { Vbi supra. }, y S. Antonino k { d. 3. part. ti. 5. c. 2. §. 11. }. Lo qual (a nuestro parecer) se ha de limitar, que proceda solamente quando, y donde los electores, o proueedores eran obligados por juramento, estatuto, o otro mando a escoger el mejor so pena de mortal, y no enlos otros, si el que eligen es persona idonea, por lo que alibi l { In c. Graue. de praebend. } escreuimos.