¶ Si castigo a alguno cruelmente . M. porque solo el liuiano castigo, le es concedido c { c. Præsbyterum . de homicid. &. l. Praeceptoris. ff. ad. l. Aquel . }. Y si el castigado era clerigo, seria descomulgado d { Ange. verb. Interrogationes. §. 34. }, sino lo escusa, lo que abaxo e { Infra. c. 27. a. n. 80. vsque ad 86. } diremos.