¶ viij
.
Suspẽde
Suspende
† a los Obispos y sus superiores de la entrada de la
yglesia, y a los mas baxos de sus officios, y beneficios, que toman
algo de las rentas de las dignidades, & yglesias vacas, y subjectas a ellos, que dexaron los muertos, o se cogieron durante
la vacatura, si no
tienẽ
tienen
especial priuilegio, o costumbre præscripta
para ello. ¶ ix
. Suspende por vn año del officio al conserua|
dor de la Sede Apostolica, que sabiendo conoce de causas, que no
son notorias. Lo qual se ha de entender de los que se dan, sin clausula, que puedan conocer tambien de otras, con que las mas se dan
en nuestro tiempo. ¶ x.
c. 1. de re iudi. lib. 6.
Suspende por vn año de su officio, a
qualquier juez ecclesiastico, que contra justicia, y su consciencia agrauia a la parte por amor, odio, o dauidas: Que es caso mas quotidiano de lo que es menester, y fuente de muchas irregularidades:
porque celebrando antes de absoluerse dello, es irregular
. Pero es
menester concurrir quatro cosas, para se incurrir esta. s. que no sea
Obispo
. Y que agrauie contra justicia, y en juyzio, y que la consciencia le dicte lo contrario, Y que sea juez, porque no basta que
sea mero executor, o arbitro. Y que lo haga por amor, odio, o interesse
. ¶ xj
. Suspende de la entrada de la yglesia (hasta que satisfagan) a los que admitten a los diuinos officios, o sacramentos, o
ecclesiastica sepultura a los descomulgados, o entredichos publicos. Pero arriba
se dixo, que no ha lugar esto, sino en los
exẽptos
exemptos
segun la Comun contra la glossa
In d. c.
Ep̃orum
Episcoporum
.
. ¶ xij
. Suspende a los que reciben a alguno ala
professiō
profession
antes del cabo del año de la probacion
en alguna
ordẽ
orden
de los
mẽdicātes
mendicantes
. ¶ xiij
. Suspende por seys meses
a los beneficiados
q̃
que
traen vestidos bordados, o de diuersas colores: y alos de
ordẽ
orden
sacra,
q̃
que
no
tienẽ
tienen
beneficios: y a los de menores,
q̃
que
con
tōsura
tonsura
traen tales vestidos, los inhabilita para beneficios por
el mesmo
tiẽpo
tiempo
: pero no incurre enella el que por regozijo de bodas, doctoramiento, o de otra alguna semejante fiesta, o causa lo
trae, segun el Cardenal
. ¶ xiiij
. Suspende a qualesquier religiosos, que tienen alguna administracion, y enagenan alguna cosa della, aunque no sea, sino dandola a alguno por su vida, sin necessidad, y prouecho: o sin licencia de su capitulo, si lo tiene: o sin la de
su perlado, sino tiene capitulo. No incurren esta los que arrendan,
para poco tiempo los fructos
: y si incurren cierta
descomuniō
descomunion
,
o no, arriba se dixo
. ¶ xv
.
Suspẽde
Suspende
† papalmente, al
q̃
que
se ordena
sin patrimonio,
cō
con
pacto de no pedir al Obispo
mātenimiẽto
mantenimiento
: y al
q̃
que
se ordena a presentacion de algun beneficiado, con pacto de no
pedirle nada. Y por la mesma razon (a nuestro parecer) al
q̃
que
se ordena con patrimonio, o alimentos prometidos, o donados por alguno, con concierto secreto, hecho antes de ordenarse, de no se los pedir despues que fuere ordenado, que es caso muy quotidiano.
Aũ
Aun
que creemos,
q̃
que
si despues de ordenado remitiesse, o tornasse a donar el derecho, o patrimonio, que le fue
cōstituydo
constituydo
, donado, o prometido sin pacto, que entreuiniesse antes de ser ordenado, no la
|
incurriria
. Ni el que se ordenasse con licencia de su Obispo, alcan
çada por patrimonio donado, y renunciado, seria visto (a nuestro
parecer) ordenarse sin licencia, para effecto de incurrir otra suspension arriba
puesta. Porque la tal renunciacion hecha antes de se
ordenar, no parece valer, por lo que todos dizen
, aunque fuesse
jurada, segun Felino, y Anania contra Panormitano, puesto que
incurriria esta.