¶ Dela segunda especie de irregularidad, que es de falta corporal. SVMARIO. -  Irregularidad dela segunda especie, de falta de cuerpo, o de alma nasce: induze la falta (aunque sea oculta) de algun miembro perdido por su culpa. Y aun la falta dela parte del cortada por si mesmo. nu. 198. Pero no la flaqueza, ni perdida del miembro incurrida sin su culpa queno impide el celebrar, con exemplos cotidianos. Ni la falta dela vista del ojo derecho &c. n. 199. Qual quier falta o flaqueza de miembro , que haze a vno inhabil para celebrar, lo haze tambien irregular. Quando la inhabilidad para vn officio, no haze irregular para otro. Solo el Papa dispen sa en esta irregularidad. numero. 200. -  Deformidad qual notable? Quien la determinara. numero. 200. -  Bastardia que se reduze a la irregularidad corporal incluye a todos los bastardos secretos y publicos. &c. Enla qual solo el Papa dispensa para orden sacra, y curadgo: para menores el obispo, y la religion para. &c. numero. 201. -  Irregular por bastardia. nu. 201. Por falta de edad. numero. 202. -  Por epilepsia, o epilencia . Por endemoniado. Lunatico, furioso, Hermaphrodito. nu. 203. Por seruidumbre, infamia y no beuer vino. numero. 204. -  Edad qual necessaria para menores, que para epistola y euangelio. Qual para missa, y obispo. Si impide el carater de la orden, si su execucion. Que solo el Papa dispensa enella. numero. 202. -  Lepra como induze irregularidad. Que lo mesmo hazen otras semejantes enfermedades. Que solo el Papa dispensa enella. n. 202. -  Epilentico, endemoniado, lunatico, furioso, Hermaphrodito como son irregulares para se ordenar, y el vso dela orden ya recebida, y quien dispensa con ella. numero. 203. -  Esclauo como es irregular, y quando, si ordena libra. nu. 204. -  Infame, y quien no beue vino, como son irregulares. [num. 198] DEla segunda especie de irregularidad que es de falta corporal, dezimos primeramente , que la falta de qualquier miembro principal, incurrida por culpa la induze a { c. 1. c. Si euangelica . 55. d. }, aun que el miembro sea occulto, y no impida el poder vsar dela orden: como lo son los miembros vergoncosos b { c. Si quis absciderit. & cap. sequen. 55. d. }: y aunque no se lo corte el mesmo, sino otro por su culpa, por selo mandar , o rogar: o por hazer alguna cosa ilicita, a caso lo perdio c { Arg. ca. Presbyterum . & c. Continebatur . de homic. }: o para castigo de algun mal hecho suyo, se lo cortaron los enemigos, como lo determino Hostien. d { In summa. de corpore vitiat. §. Et quae. & in c. Ex parte eod. tit. quem sequitur Ioan . And. & Communis . } del, a quien el marido dela muger ( con quien lo hallo) le corto sus verguenças : y por mas fuerte razon , si se le cortaron por justicia e { Arg. c. fi. de de tempor . ordi. }. II. Que tambien la induze la falta dela parte del miembro , que el mesmo con indignacion corto f { c. Qui partem . 55. dist. }, aunque no le quite el poder natural de poder bien celebrar: si es notorio, que por indignacion & impaciencia lo hizo, y otramente no, segun Anto. y el Cardenal g { In. ca. fin. de corpore vitiat. }, aunque dello dude Villadiego h { Vbi supra. col. 38. }, y se puede concertar diziendo , que no es irregular por la falta de miembro , sino por el pecado notorio, que en se cortar hizo a { c. fi. de tempo ordi. }. III. [num. 199] Qui ni la flaqueza del miembro , ni su tota falta, incurrida sin culpa propria que no impide el celebrar, causa irregularidad. Qual es la del, a quien por consejo de medico, o cirugiano, para salud, o por los infieles, o otros enemigos, sin culpa suya se le corta, Qual la del que nacio sin miembro vergonçoso , o lo castraron, siendo nino, o despues por fuerca sus padres, o otros. Qual es tambien la coxez, que no necessita a tener palo enel altar b { glo. ca. Si quis in infirmitate. 55. dist. }. Qual la macula del ojo, que no quita la vista, ni da notable deformidad c { ca. 2. de corpor. vitiat. }. Qual la giba, y la demasiada grandura del vn ojo, o de entrambos , que no induzen notable deformidad. IIII. Que nos parece bien lo que dias ha respondimos. s. aunque el que carece del vn ojo es irregular d { dict. cap. Si euangelica. }, pero no el que carece dela vista del ojo derecho, que parece a los otros bueno, y vee con el yzquierdo, tanto quanto cumple para bien celebrar: aunque la glos. e { In cap. 2. de verb. signi. li. 6 } lo mesmo juzgo del que no tiene ojo, y del que no vee con el: puesto que tenga buen parecer, segun Alexand . f { In. ca. Hinc. 49. d. & Vuendelinus in. 4. d. 15. q. 1. col. 18. } Lo qual se puede tener, quando fuesse tal el ojo yzquierdo, que el estilo Romano lo llama ojo de Canon : porque es necessario veer conel , para poder leer el Canon dela missa, sin indecentemente boluer demasiado el rostro para el pueblo. V. [num. 200] Ser yerro del vulgo dezir que a quien le cortaren las verguenças las trayga secas, o hechas poluos enla bolsa para celebrar, segun la glos. singular g { In. c. Eunuchus. 55. d. } recebida, y aun Hostien . h { In. c. fina. de corpo. vitiat. } dize, que seria mejor que algunos no las traxessen, aun verdes. Entiese esto, si par ello no fuessen irregulares. VI. Que qualquiera falta total, o flaqueza de miembro , que haze impotente , para celebrar (alomenos sin notable horror deformidad o escandalo ) haze irregular: hora la incurre con culpa, hora sin ella i { c. 1. penul. & c. fin. de corpor. vitiat. }, que es regla de Panormi. k { In cap. 2. de cler. aegrot. quam dixit singu. Villadi. de irregu. col. 39. } Y lo mesmo se ha de dezir del meimbro superfluo , o superfluydad l { Argu. glo. d. c. Qui partem. }. Y qual falta, o deformidad sea, o no sea tal, lo determinara el obispo, segun Innocen . m { In ca. 1. de corpor. vitiat. per. c. 2. eiusdem titu. } recebido, por el Card. y Antoni. y no el confessor , ni otro perlado del que se ha de ordenar, aunque sea religioso n { Sylu. verb. corpore vitiatus. quaest. 1. }. VII. Que la falta, o sobra de miembro , que haze a vno inhabil, para vsar de algun officio ecclesiastico (alomenos sin escandalo) y no para otro, no lo haze irrigular, sino para aquel , para que lo haze inhabil, segun Panormi. o { In cap. 2. de cler. aegrot. per illum text. } Exemplo del clerigo, que por se auer mancado , no puede dezir missa, pero si, absoluer a los penitentes, y hazer algunos otros officios. Lo qual nos parece verdad, quando la ouiesse incurrido por su voluntad, o culpa p { Villadi. Vbi supra. colu. 39. & probatur per supradicta. }. Y quando era ya ordenado, y no enel que esta para ordenar q { Arg. c. fi. de corp. viti. }. VIII. Que enesta irregularidad, solo el Papa dispensa, segun Innocen. r { In c. 1. de reiudi. li. 6. & in ca. 2. de corpo. vitiat. & Villadieg. co. 49. } recebido s { A Ioan. Andr. & Anto. in ca. Significauit. de corpo. vitiat. }: aun que Sylue. a { Verb. Corpo re vitiatus . q. fi. } y algunos otros tengan lo contrario . IX. [num. 201] Que la bastardia (que se reduze a esta de falta corporal) incluye a todo genero de bastardos b { Glos. c. Nisi cum pridem . de renunci . verb. Manseres . & in c. Per venerabilem . §. quod autem . qui fil. sint leg. }, y a todos los haze irregulares c { c. 1. & fin. de filijs presbyter. }: aunque sea oculta su falta, y publicamente sean tenidos por legitimos: como son muchos, que las casadas ouieron delos adulteros. Tanto que el que sabe, o cree de si por el dicho de su madre, que es tal, deue pedir legitimacion secreta, que facilmente se le dara, segun Anto. d { In d. cap. 1. post Hostiens. } aunque no es obliga do a creer a la madre adultera, sino lo quiere, segun ellos mismos e { Ibidem . & secundum dict. supra. c. 16. n. 45 & sequen. }. [*] Ni obsta que el S. padre Castro f { lib. 2. de leg. poen. cap. vlti. } tiene, poder se ordenar, y aun obtener beneficio curado sin dispensacion el hijo de vn presbytero y vna casada, auido por adulterio muy occulto. Por ser cosa nueua, y contra la Comun g { Anto. in ca. 1. de fil. presby. }, y contra texto quasi expresso h { c. Nisi personas. ibi. Si tamen culpa latet & causa. de renunciat. } y contra quanto hasta oy parece estar platicado, y no lo prouar bastantemente [*]. X. Que enesta irregularidad, solo el Papa dispensa para orden sacra, y dignidad, y beneficio curado. Mas para menores, y vn i { c. 1. &. 2. de filijs presby . li. 6. } beneficio simple tambien el obispo k { d. c. 1. de fil. presbyte. }. Y la profession de la religion, para todas las ordenes, pero no para que pueda ser perlado, o perlada l { Palud. in. 4. d. 43. q. 3. quod probat . d. c. 1. verb. Nullatenus. ad iuncta glo. sing. Cle. Vt hi qui. ver. Nullo modo, de aetat. & qualitate. }, aun con dispensacion del obispo m { De irregu. col. 39. }. XI. [num. 202] La falta de la edad que tambien se reduze a la corporal, haze irregular, segun Villadiego n { c. fi. de temp . ord. lib. 6. }. Y que la edad para prima tonsura, y las tres menores, es de siete anos cumplidos o { Glos. Summæ . 77. d. recepta presertim. per Imo. in glo. fina. Cle. fi. de aeta. & qualit. }: y para acolyto la de doze tambien cumplidos p { d. Cle. fin. }: y para subdiacono, la de diez y ocho, y para diacono, la de veynte, y para presbytero, la de veynte y cinco comencados q { c. Cum in cunctis . in prin. de electio. }: y para la del obispo, la de treynta acabados r { In c. Subdiaconus. 77. d. quem ibi Domi. cum vtroque Card. sequitur. & cui Tho. cum communi concordat . in. 4. d. 25. }. Y que aunque el ordenado antes de la legitima edad reciba el character, puesto que sea nino de cuna, y se ordenasse de missa, segun el Arcediano s { c. Si quis suadente . 17. q. 3. }: pero no la execucion dellos, ni los priuilegios, que tocan a ella: aunque si, los que tocan al character: quales son los del Canon t { c. 2. de for. comp . }, y del fuero, o juyzio v { In Clem. Hi qui. de aetat. & quali. verb. Constitutus. }, segun la mente dela glos. x { Per d. Cle. fina. } XII. Que sobre esta falta, solo el Papa dispensa, segun la glos. y { Card. ibid. }, aunque sea religioso. Puesto que los minimos por priuilegio z { In comp. priuilig. verb. dispensatio. nu. 21. } del Papa Iulio. 2. se pueden ordenar de missa enel ano veynte y dos, y por consiguiente los que gozan de sus priuilegios, que son todos los otros mendicantes , y aun otros muchos. XIII. Que la lepra, que tambien se reduze a esta falta corporal, induze irregularidad, y no solamente impide el tomar delas ordenes: pero aun el vso delas tomadas a { ca. Cum percussio . 7. q. 1. &. c. De rectoribus. &. c. Ex parte . de cleric. aegrot. }. Lo qual mesmo parece de qualquiere otra enfermedad corporal, que causa notable escandalo enel vso delas ordenes, alomenos quanto a los autos en que la causa b { Arg. l. illud. ad. l. Aquil. & c. 2. de translat . praelat. }: y que en esto solo el Papa dispensa c { Arg. not. in ca. At si cleric. §. 1. de iud. Villad i. vbi supra col. 48. }. XIIII. Que quien tiene Epilepsia, [num. 203] que vnos llaman Epilencia , otros mal de caer, o morbo caduco d { c. In literis. 7. q. 2. }, que haze caer en tierra. Y el Arreptitio, o Energumino, o endemoniado, es irregular, segun Aluaro e { De planct . ec cle. li. 1. c. 48. F. }, que dize ser la Epilepsia de dos maneras (que el declara philosophalmente) y que enello solo el Papa dispensa f { Per notata in d. cap. At si. clerici & Gons . vbi supra. col. 48. }. Y de tal manera es irregular, que el que vna vez ha padecido esto, no se puede jamas ordenar: aun que parezca del todo curado g { Argu. §. fi. 15. q. 1. }. Ni el que ya es ordenado puede celebrar, si cae muchas vezes: ni aun si pocas, si echa espuma en ellas: otramente si h { Vt colligit ex. c. Communiter . & duob. seq. 31. d. & ex c. Illud. c. Nihil. 7. q. 1. &. c. pen. 7. q. 2 }, tomando vn compañero aparejado, para acabar la missa començada , si el mal lo tomare i { d. c. Illud. & d. c. Nihil. }. Saluos los endemoniados, que nunca han de celebrar, segun lo siente S. Anto. k { 3. par. ti. 28. c. 5. & Gons . col. 42. vbi supra. } Lo mismo que del Epilentico, se ha de dezir del loco, lunatico, y furioso, segun el mesmo l { Ibidem. }. XV. Que el Hermaphrodito, que tiene natura de muger, y hombre , como no es capaz del caracter dela orden , si es mas muger que hombre : assi aunque sea capaz del, por ser mas hombre que muger: pero no se ha de ordenar m { Arg. c. Illiteratos. 36. d. & c. fin. 49. d. }, segun S. Anto. n { Vbi supra c. 6. §. 5. } recebido. Porque es cosa monstruosa , y solo el Papa dispensa o { Per ea, per quae in praec. }. XVI. [num. 204] Que el esclauo es irregular, de tal manera, que no se puede ordenar sin licencia de su senor: y si se ordena con ella, queda horro: y si ignorando , o contradiziendo selo el, queda esclauo como antes, sino se ordena de mas de las menores. Y si se haze de Epistola, o Euangelio, puedese librar, dando otro esclauo tan bueno en su lugar, o el precio justo. Y si se hizo de missa, queda horro con dar su peculio, si lo tiene, o rescatandose , sino tiene peculio: y ya que no tenga lo vno, ni pueda hazer la otro, cumplira con seruir al senor en los seruicios, que fueren honestos al clerigo de missa, segun S Anton. p { Vbi sup. c. 6. §. 6. & colligit ex c. 1. 2. &. 3. &. c. Nulli. &. c. Ex antiquis . &. c. Frequens . 54. d. &. toto tit. de seru, non . ordi. } XVII. Que el infame (assi de hecho, como de derecho) es irregular q { Per tex. nobissing. d. adiuncta glo. & ibi. Domi. in. c. fi. 51. & glo. recepta in. c. ipsi Apostoli. 2. q. 7. }, con el qual solo el Papa dispensa, segun Villadiego r { Vbi supra. col. 50. }, sino quando el obispo dispensando sobre el delicto, a que su poder se extiende, accessoriamente quita la infamia, segun vna glos. singular s { c. Euphemium . §. 1. 2. q. 3. Cui similis. in c. Domino . 50. d. Et ea quae post Dec. dicimus. in ca. At si. §. 1. de iudi. }. XVIII. Que el que no puede beuer vino, sin lo echar, es irregular t { GIo. sing. dic. Ipsi apostol. }, con quien aun el Papa no podria dispensar, sino si tiene, que puede dispensar, que el que celebra, no tome, sub vtraque specie v { Contra. ca. Comperimus . de consec . d. 2. &. c. Illiteratos. 36. dist. c. fi. de tempor . ordi. lib. 6. }, de lo qual no cumple aqui tratar.