¶ Que obra la descomunion.

SVMARIO.

  • Comunion del todo interior, del todo exterior y media, o mixta. numero. 17 ,
  • Descomunion no obra tampoco, como algunos piensan. n. 17. Ca aunq̃ aunque no quita la comuniō comunion del todo interior: pero declara estar le quitada la dicha comunion. Aparta de los sacramentos. Priua delos suffragios. n. 18. Sacalo de los diuinos officios. n. 19. Priualo de todo lo contenido en este verso. Os, orare, vale , communio, mensa negatur , con la declaracion de cada parte del. nu. 20. Obra tambien estas otras onze cosas. nu. 20. & tribus sequen.
  • Descomulgado, es azemila del diablo, si no este y este. numero. 18. &. 19.
  • Descomulgado, si es infame. nu. 21. Si pierde el vassallaje, y este, y esto. numero. 22. &. 23.
LO. vj. p̃suponemos presuponemos
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que algunos ignorātes ignorantes piẽsan piensan , que la descomunion no haze mas de priuar al hōbre hombre dela entrada de la yglesia material, y de oyr los diuinos officios enella: y otros, que no mas que della, y dela cōuersaciō conuersacion exterior delos hōbres hombres , lo qual parece algunos auer sentido Panor. y Feli
In rubri. de senten. excom.
. con otros. Pero no es verdad, como lo ꝓuamos prouamos alibi
. Porẽde Porende presuponemos lo que alli, despues de S. Tho.
s. que tres comuniones ay. Vna del todo interior de la charidad, y gracia: por la qual somos miẽbros miembros de vn mesmo cuerpo mixto de Chr̃o Christo , dela qual solo el pecado mortal priua
. Otra del todo exterior, por la qual vnos con otros cōuersamos conuersamos en comer, beuer, hablar, orar vocalmente. &c. Otra media, o mixta que es delos sacramentos, y de los suffragios gñrales generales , que la yglesia Catholica haze, y manda hazer, o se hazen dentro della, por su institucion. ¶
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La descomuniō descomunion no quita la dicha comuniō comunion del todo interior, mas solamente presupone estar quitada: pero quita las otras dos, y ansi su primer effecto no es (como algũos algunos dizen) sacarlo del Reyno de los cielos, sino p̃suponer presuponer que esta sacado por pecado mortal. ¶ El. ij. es apartar delos sacramẽtos sacramentos dela yglesia actiua, y passiuamente
c. Engeltrudā Engeltrudam . 3. q. 4.
. s. que ni los pueda tomar, ni dar. ¶ El. iij. priuarlo delos suffragios generales dela yglesia, tanto que ella no entiende de acudille en nada por ellos. Y assi lo desampara de todas sus ayudas, que son muy grā des grandes . Por lo qual se dize, que el descomulgado esta entregado al diablo
: y que el vsa del, como el recuero de su azemila
Glo in d. c. Audi.
. Lo qual no se entiende del descomulgado, que esta contrito dela culpa, por la qual lo descomulgaron, y haze lo que puede por salir della, porq̃ porque este delante de Dios esta en estado de gracia
. Ni del que esta descomulgado sin justa causa, puesto que sea obligado a euitar alos otros, que presumen estar descomulgado justamente, Ni del,
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aquien le fue mādado mandado so pena de descomuniō descomunion Latæ sententiæ , pagar algo, para tal tiempo, para el qual por sobreuenir impedimẽto impedimento , no puede pagar. Porq̃ Porque (quanto a Dios) no estan descomulgados estos, pues no pecaron mortalmente, aunque lo esten, quanto alos hombres, como lo diximos alibi
In c. penul. desent. excom.
, despues de Caie
. Lo mesmo es del descomulgado, por contumacia, o rebeldia presumida, y no verdadera
. ¶ El. iiij. effecto, es sacarlo đ de los diuinos officios, o del orar con otros en la yglesia, y aun de estar de fuera tan cerca, que les pueda oyr
. Aũ q̃ Aunque biẽ bien puede solo orar enella, puesto que otros orẽ oren apartados del, segun Inno
In c. Nuper. de sen. excom.
. recebido. ¶ El. v. priuarlo
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de todo lo cōtenido contenido en aq̃l aquel famoso versillo. Os, orare, vale, cōmunio communio , mẽsa mensa negatur, que Host
. y todos los Theologos
In 4. d. 18.
, y Canonistas en mil partes lo han tocado. Por Os, se en| tiende la participacion de hablar, besar, abraçar, recebir, o embiar cartas mensajeras, o presentes
. Por Orare, la dicha participacion delos sacramentos, y de los diuinos officios, y de toda oracion, que se haze diziendo, oyendo, o otramente orando con el, en la yglesia donde el estuuiere por causa de orar con el otro: aunque si por otra esta, no impide, segun Innocẽcio Innocencio
In d. c. Nuper.
.* Declara se empero mucho esto abaxo
Infrà eo. ca. nu. 36.
*. Por Vale, la salutacion, o resalutacion por palabra, o carta, o aun por leuantarse, quitar el bonete, mouer los be ços, y otras cosas semejantes, que significan salutacion, sin habla, segun la mente del Cardenal, Imola, y Comun
In Clem. fide sen. excom.
, que quier que digan los Parisienses
, y Angelo
. Cuya opinion podria proceder, quanto al fuero de la consciencia: quando tales señales se hiziessen sin intencion de saludar, o resaludarlo
, mas solamente con la de significar, que Dios lo conuierta. Por Communio
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, la participacion que se ha en obrar, exercitar, o hazer algo juntamẽte juntamente con el: o morar en vna casa, y en vna mesma parte della, y el contratar, y cōuersar conuersar conel en otras maneras. Por Mensa, el comer en vna mesma mesa, dormir en vna mesma cama, aunque la casa sea agena, segun S. Antonino
3. part. titu. 24. c. 2.
. Segun el qual, y la mente de Innocencio
In d. c. Nuꝑ Nuper .
, aunque ni en combite de tercero pueda comer vno con vn descomulgado (antes se deue leuantar de la mesa, si el en ella se assentare) pero no es obligado a salirse de la casa, y puede comer en otra parte della, * si entrambos no eran combidados, avn combite: Ca si lo eran, aũque aunque comiessen en dos mesas diuersas, vistos eran comunicar en vn combite, y comer a vna, para este effecto, segun la mẽte mente dellos. * ¶ El. vj. hazerlo irregular, si vsare de alguna orden suya, haziendo algo peculiarmente dedicado a ella, como se dixo arriba. ¶ El. vij. hazerlo infame, si la descomunion es notoria, por vn capitulo
ca. Infames. 6. q. 1.
, que Ludouico Romano lo hizo singular en vna parte
Singul. 675.
, y lo limito en otra
Singu. 681.
: que proceda, quando es descomulgado por causa, que trae infamia de derecho, o por cōtumacia contumacia en causa infamatiua. ¶ El
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. viij. hazer, que la colacion de beneficio ecclesiastico
a el hecha, sea tan nula, que no torne a valer, aunque se absuelua, si de nueuo no se le conferiere expressa, o tacitamente. Y por consiguiente, que sea obligado a dexarlo, y restituyr los fructos, que hasta entonces lleuare
. ¶ El. ix. priuarlo del poder de elegir, y ser elegido
. ¶ El decimo, suspenderlo del officio, y beneficio
. Aunque si tiene officio publico, valdra lo que por el hiziere, por razon del, mientras se tolerare
. ¶ El vndecimo, librar del cargo de seruir le, a los que le son obligados, por razon de fidelidad, o vassallaje: porque en ninguna | cosa le deuen seruir, en quāto quanto estuuiere descomulgado
ca. Penul. & vlt. 15. q. 6.
. ¶ El. xij. priuarlo de poder casarse, sin pecado mortal
. Aunque este enel ij. se contiene. ¶ El. xiij. hazer que no valen las gracias, ni letras por el impetradas del Papa, sino sobre el articulo de la mesma descomunion
c. 1. de rescr. lib. 6.
, aunque agora comunmente todos valen: Porque en todas absueluen a los impetrantes de toda descomunion, para aquel effecto, sino han estado enella vn año entero, por lo que por vna regla diximos en otra parte
. ¶ El. xiiij. priuar a los otros, que no puedan por el orar publica y solennemente, aunque bien pueden priuadamente, como lo diximos alibi
. ¶ El. xv.
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priuarlo de poder ser autor
c. Intelleximus. de iud.
, ni procurador de autor ni reo: aunque puede ser reo para se defender
Cōis Communis . Ibidẽ Ibidem .
: y aun ser constituydo por procurador, para despues de ser absuelto procurar, como lo diximos alibi
, despues de Decio, contra la Comun. ¶ El. xvj. hazer, que si perseuerare en la descomunion por vn año en causa de crimen, parezca cōfessarlo confessarlo , por vnos capitulos
. Por los quales mal entendidos vna glossa
, con otros muchos tuuieron, que deue ser aun priuado de sus beneficios: que no es verdad, como largamente sobre ella escreuimos. ¶ El xvij. priuar de la sepultura
ca. Sacris. de sepultu.
en lugar sagrado. ¶ El. xviij. que quiẽ quien andare descomulgado por algun tiempo, ha de pagar (segun las constituciones de algunos obispados) cierta pena, antes que sea absuelto
, y aun segũ segun las leyes seglares de Castilla
l. 1. tit 5. li. 8. ord.
, y segun las destos reynos otra, despues que fueren presos
.
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