PAra rayzes desto dezimos primeramente, † que quiẽ tiene algun cargo, ha de hazer aquello, que para descargarse bien, cumple a { c. Nō est putanda. 1. q. 1. c. Iudicātem . 30. quæst. 5. }, sin demasiada curiosidad b { gl. 1. d. c. Iudicātem . }. Lo. 2. que el confessor tiene vn cargo principal de la yglesia y por tanto deue preguntar al penitente lo q̃ cũple , y no mas, segun aq̃llo de S. Aug. referido por Gracian. c { in c. 1. đ pœ. di. 6. §. Diligẽs . } y por el Maestro enel quarto d { d. 19. ca. fin. }. El diligẽte confessor pregũte cuerdamẽte al pecador lo q̃ por ventura no sabe, o con verguença quiere encubrir. A loqual añade. S. Th. e { In. 4. di. 19. in expositione literæ. } q̃ el cōfessor deue escudriñar la cōsciencia del pecador, assi como el medico la enfermedad del enfermo, y el juez la causa del pleyteante. ¶ Destas rayzes se siguen muchos ramos. † El primero ser verdad lo que dize Angelo f { Verb. interrogationes. in in prin. }. y mas largo lo diximos nos alibi g { s. in d. §. diligens. c. 1. de pœ ni. dist. 6. }, conuiene saber, que el confessor es obligado, so pena de pecado mortala preguntar lo q̃ vee, cree, y aduierte ser necessario, para q̃ la cōfessiō sea entera, y fructuosa, qual es lo q̃ le paresce, q̃ el penitẽte calla por ignorācia , inaduertẽcia , o oluido h { Arg. c. Sit rector. 43. dist. }. Porque esto pertenece a su cargo i { c. Omnis de pœnit. & remis. }. Pero no es tal lo que le parece, que el penitẽte sabe, y aduierte, y no lo dexa por oluido, ni verguẽ ça . Ca entonces puede creer que no lo hizo, o lo tiene confessado. Aunque dexar de preguntar por inaduertencia, o oluido, no parece mortal k { Arg. d. capi. Sit rector. & eo rum, quæ ĩ prę lud. 7. repeti. c. Interverba. 11. q. 3. diximus. }. ¶ Lo. 2. † que el confessor deue guardar tres cosas, que alibi l { In c. 1. §. Diligẽs . n. 2. & sequentib. de pœ niten. dist. 6. } prouamos. La primera que no pregunte todo lo q̃ puede auer cometido el penitente, sino solo aquello que comunmente, los de su qualidad suelen hazer m { Arg. c. De testibus. de testi. cum ijs, quæ in d. §. Diligens. citamus. }. Por lo qual no ha de preguntar al cauallero, de lo q̃ comũmente , solos los Ecclesiasticos hazen, ni al ecclesiastico, de lo que comũmente solos los caualleros. Lo segundo que no pregunte, sino de los pecados acostumbrados, que todos los saben hazer, quales son la transgression de los diez mandamientos, los siete pecados capitales, las faltas de los quatorze articulos dela fe, de los sacramẽtos de la yglesia, de las obras de mise ricordia, de auer mal guardado los cinco sentidos, y cosas semejātes , y no de los pecados occultos que los muy maliciosos han inuentado, sino tan cauta y dissimuladamente, y por tales circunloquios, qui si los hizo los diga, y sino los hizo, no los aprenda.