¶ El. iiij.
†
q̃
que
el confessor,
q̃
que
cometio algun pecado mortal,
q̃
que
no lo
puede
cōfessar
confessar
, sin reuelar alguna
cōfessiō
confession
, lo deue callar, y
cōfessar
confessar
todos los otros,
cō
con
intenciō
intencion
de
cōfessar
confessar
aquel, quando sin perjuyzio del dicho sello lo pudiere. Porque no ay mas de vn caso (
segũ
segun
|
(lo dicho) en que lo pueda descubrir: El qual no es este. ¶ El. v.
† (
q̃
que
como diximos alibi
In. d. c. Sacerdos. n. 42.
) no solamente el sacerdote, y el lego,
aquiẽ
aquien
por necessidad se haze la confession
, y el interprete, por quien el
q̃
que
no sabe la lengua, se confiessa, es obligado a guardar este secreto:
mas aun, el que por caso, o engaño licita, o ilicitamente oyo la
cō
fession
confession
de alguno: y aun
aq̃l
aquel
, aquien por le pedir
cōsejo
consejo
, o por murmuracion se le descubre,
porq̃
porque
las cosas encargadas, con su carga
passan
. Y la confession, luego
q̃
que
se haze en forma sacramental, tiene annexo el cargo deste secreto. ¶ El. vj. que este sello y obligacion dura despues de la muerte: porque nasce de precepto negatiuo, que siempre, y para siempre obliga
. ¶ El. vij.
†
q̃
que
violo este sello, como alibi lo diximos
, vn cura,
q̃
que
a su parochiano porque
publicamẽte
publicamente
se quexaua,
q̃
que
no le daua el sancto
sacramẽto
sacramento
,
publicamẽ
te
publicamente
le dixo, No te quexes amigo, por que te lo dexo de dar, a causa
q̃
que
tienes pecado reseruado, del qual no te puedo absoluer. Ca este
descubriendo, que le
cōfesso
confesso
pecado reseruado, visto es dezir, que
le confesso algun pecado mortal, pues los veniales no se suelen reseruar
. ¶ El. viij.
† que reuelador de confession es el confessor, que
dize, Aquel me ha
cōfessado
confessado
muchos, y muy grandes pecados, como (despues de Paludano
, diximos alibi
. Y tambien el que oydas en confession dos o tres personas, de vna dellas dize, esta no tenia mortal alguno, porque indirectamente da a entender, que las
otras lo tenian como ay
lo diximos, Añadiendo que lo mesmo
haze el que oy da la confession de algun penitente, delante algun
letrado luego se va a el, para le pedir consejo sobre algun caso de
confession, y tomado el consejo buelue luego al penitente para lo
absoluer. ¶ El. ix.
† que tambien quebranta este sello el que
cōfiessa
confiessa
a su confessor que absoluio de symonia a alguno, de tal manera, que el otro por saber cuyo confessor era, facilmente pudo conjecturar, quien fue el absuelto, como lo deziamos alli
In. d.. c Sacerdos. n. 58.
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