DEl
† que mata a otro injustamente, dize Scoto
In. c. 4. d. 15
quæst. 3.
,
(
cō
con
quien harto
cōciertan
conciertan
Adriano
, Ioan Maior
) lo primero, ser locura
pẽsar
pensar
, que quien mata el buey de su proximo, es obligado a restitucion, y no el que mata al mesmo proximo. Contra los quales haze la ley
, que dize ser inestimable el hombre libre: y la que dize
, que al hombre libre,
q̃
que
passando por la calle, hieren con algo que se echa, o cae de las ventanas, se
le deue pagar la cura, y los jornales,
q̃
que
dexo de ganar: pero no nada por la señal, y fealdad, que le quedo de la herida. Porque el cuerpo libre no recibe estimacion. Y la ley que dize
, que aunque contra el dueño del animal, que mata vn esclauo, su señor tiene action,
y
tambiẽ
tambien
el
hōbre
hombre
libre herido del animal, para
q̃
que
le pague la cura,
y los jornales: pero no, para
q̃
que
le pague la fealdad, que dello le queda. Ni
tāpoco
tanpoco
, si lo mata. segun la glossa della
, y otras
semejātes
semejantes
a ella. Y lo mesmo dixo Azo
, y lo mesmo mas claro tiene Hostien
se
. Ansi
† que resoluemonos, que quien mata, o hiere algun animal bruto del proximo, o esclauo: es obligado a restituyr lo que
valia lo que mato, y aun la fealdad que della le quedo, en
quāto
quanto
le
haze valer menos. Y que tambien el que hiere a hombre libre, es
obligado a restituyr lo que se gasto en su cura, y los jornales que
ha perdido, o perdiere por ello toda su vida, pero no la fealdad,
que de la herida le quedo. Mas el que mato a hombre libre, no
es obligado a pagar nada por la vida que le quito: aun que si, por
lo que gasto en la cura, antes que muriesse, y por el daño que sus
hijos, o herederos recebieron, como luego le diremos. Y aun
por lo que se gasto en su entierro honesto, y acostumbrado hazerse a los hombres de su qualidad: porque fue causa de aquel gasto
: aun que esto postrero, nadie lo dixo hasta nos.