¶ El. x. que errauan los confessores, que dize Hostiense
, vio reyrse, y burlando contar vno a otro las confessiones, por ellos oydas, desta manera. Vn soldado y vna muger vinieron oy a mi y esto y esto me an confessado, los quales, aun que no los nombrassen, empero facilmente se podian coniecturar. Donde reprehende tambien a los que dizen. Este se confesso muy bien: la confession de aquel no me satisfizo, como lo diximo alibi
. ¶ El. xj, que tambiẽ tambien quebranta este sello, el que de los amancebados, y otros pecadores publicos, que le confessaron aquellos pecados publicos dize, que se los cōfessarō confessaron : porq̃ porque aun que no reuela los pecados, pues son pu| blicos: pero reuela, que se los confessarō confessaron , como alibi lo prouamos
a. s. vbi supra. n. 62.
Y tanbien el que dize: a quel se confesso a mi, mas no lo absolui. Porque esta claro que destas palabras el que las oyere, sospechara que no esta el penitente contrito que ay descomuniō descomunion , o alguna otra cẽsura censura : aun que Caiet. (a cuyas razones ay
s. vbi supra nu. 64.
respondimos) tenga lo cōtrario contrario . Y segun todos, tābien tambien lo quebrāta quebranta el que dize, No lo absolui, porque no quiere restituir, o dexar la manceba, o otros pecados.
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