¶ Quanto al mal votar, o mal cumplir lo bien votado.

SVMARIO.

  • Voto, que es, con su diffinicion declarada, si la ira lo impide. num. 24. &. 25. Obliga a cumplir, so pena de. M. proposito solo, no es voto. Voto mental que. Deliberacion qual requiere el voto. nu. 26. Voto sin animo de lo cumplir, obliga a lo cumplir. num. 27. No es voto la promessa, de lo que necessariamente ha de ser. Ni la de pecar, ni la de lo indifferente, en quanto tal, con vtiles exemplos. nu. 28. Ni la de no hazer lo que aconseja el Redemptor. nu. 29. Ni aun la de bien mayor, por mal fin. &c. Con exemplos cotidianos, pero si, la de hazer algo por el bien, que del mal nace. &c. n. 30. &. 31. Fin malo, y el biẽ bien , que del nace, difieren. nu. 30. Voto, no es propriamente la renunciacion de males, hecha enel baptismo. Voto ay solenne, y simple, voto mas obliga, que el juramento, con nueua concordia. Obra votada mejor, que la voluntaria, y la voluntaria mejor, que la mandada. numero. 32.
  • Confessor auise al penitente, que quebro el voto en este. &c. nu. 33. Marido, o muger, que votan continencia, el vno con licẽ cia licencia , o sin licencia del otro. numero. 59. &. 60.
  • Votar puede el casado cosa no preiudiciala su consorte, y que si despues de la licencia lo contradize. numero. 61.
PAra rayzes
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desto presuponemos lo primero, que segun la mente de. S. Tho
. y de la Comũ Comun . Voto es promessa (alomenos interior) deliberada, y hecha a Dios de algun bien mayor, no anulada por el superior. | Diximos (promessa) porq̃ porque no basta solo el proposito de hazerlo, sin animo de obligarse a ello, segũ segun la dicha Comũ Comun
Vbi supra.
. Diximos (alomenos interior) porq̃ porque , para que vna promessa sea voto, basta que hombre entre si mesmo (sin dezir, ni escreuir) prometa, o proponga de obligarse a ello, segũ segun . S. Tho. comũmẽte comunmente recebido
2. Sec. q. 88. arti. 1.
. Añadimos (deliberada) porq̃ porque la subita, y sin cōsideraciō consideracion hecha, no bastaria. Basta empero tāta tanta deliberaciō deliberacion , y cōsideraciō consideracion , quāta quanta basta, ꝑa para pecar mortalmẽte mortalmente , o merecer, segũ segun Palud.
In 4. ca. 38. nume. 1.
comũmẽte comunmente recebido.* De dōde donde se sigue, que el voto hecho por tal ira, que no saco de juyzio y razō razon al que lo hizo tanto, que no pudiera enōtces entonces pecar mortalmẽte mortalmente , vale, como se collige de Ioā Ioan Andr. y la Comũ Comun en vna parte
aunq̃ aunque muchos graues authores
han tenido lo cōtrario contrario . Y lo mesmo es del juramẽto juramento . * Diximos (hecha a Dios)
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porq̃ porque todo voto tacita, o expressa, immediata, o mediatamente se haze a Dios, segun. S. Tho
. Añadimos (de algũ algun biẽ bien ) porq̃ porque se voto de cosa ilicita, que sea pecado venial, o mortal, no vale nada
. Añadimos (mayor) no como algunos dizen
porq̃ porque sea necessario, que sea cosa de consejo, y no de precepto. Ca basta, que sea bien mayor mandado, o aconsejado, segũ segun el mesmo. S. Thom
In 2. Sec. q. 88. ar. 2.
. Y assi quien vota de no fornicar, ni adulterar, ni hurtar, obligase a ello por su voto tanto, que si lo traspassa, no solamente comete pecado de fornicacion, adulterio, o hurto: pero aun de la trāsgression transgression del voto: y no basta cōfessar confessar lo sin esta circunstācia circunstancia , como lo noto biẽ bien . S. Ant.
y mejor Caie
2. Sec. q. 88. arti. 1.
. aun que lo cōtrario contrario tẽga tenga (puesto que mal) Io. Tabiẽs Tabiens .
Verb. votũ votum . 1. §. 2.
Añadimos tābiẽ tambien ꝑa para significar, que el voto de hazer, o dexar de hazer algo, cuyo contrario de suy o es mejor no vale, q̃l qual es el voto de no entrar en religion alguna, de no prestar dineros, y otros semejantes, segun. S. Antoni
In d. c. 2. §. primo.
. Añadimos (no anulada por el superior) porq̃ porque los votos de los hijos, religiosos, y otros subditos, legitimamente irritados por sus padres, perlados, o otros superiores, no obligan
, segun. S. Tho
In di. q. 88. art. 9.
. y todos los otros. ¶ Lo. ij. que desta diffinicion se sigue, primeramente
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, que todo voto obliga a cumplir lo votado, so pena de pecado mortal
. ij. Que solo el proposito de hazer algun bien sin promessa, y animo de se obligar, ni obliga so pena de pecado mortal, ni venial comũmẽte comunmente , que quier que diga vna glosa solẽne solemne
In c. qui bona. 17. q. 1.
. iij. Que el voto se puede hazer sin exprimir palabra alguna
Arg. c. Cum apud. de spons.
. iiij. Que la deliberacion, que basta, para obligar nos al diablo por pecado mortal, basta ꝑa para nos obligar a Dios por voto vital, segũ segun otra glosa singular
In c. Mulier. 31. q. 2.
, que lo dixo antes que Paludano
, y los otros. v. Que esta deliberacion se puede hazer en vn momen| to: y basta, que sea actual, o virtual. Y por esto, lo que dize Panor
. que la deliberaciō deliberacion , y ꝓposito proposito han de preceder a la ꝓmessa promessa , se ha de entender de p̃cedẽcia precedencia virtual, o natural, y no de la tẽporal temporal .* Esto es, que no es menester, que por algũ algun tiẽpo tiempo , o momẽto momento antes p̃ceda preceda la deliberaciō deliberacion al voto, sino que como basta ꝑa para merecer, o pecar mortalmẽte mortalmente la deliberaciō deliberacion hecha enel mesmo momẽto momento , en que se haze la buena obra, o el pecado, assi basta ꝑa para que valga el voto, que enel mesmo momento se delibere y vote. Pero aun que lo vno, y lo otro se haga en vn momẽto momento , siẽpre siempre la deliberaciō deliberacion p̃cede precede al voto virtual, o naturalmẽte naturalmente , como la substācia substancia del sol a su luz, y resplādor resplandor , y la substācia substancia del fuego a su calor.* Grā Gran differẽcia differencia ay emꝑo empero đl del voto, que con grā gran deliberaciō deliberacion p̃cedẽte precedente se haze, al que se haze con subita, por passion, o por otra causa, q̃les quales son los đlos delos que por sus antojos, a cada passo votā votan . Porq̃ Porque estos facilmẽte facilmente se dispẽsan dispensan , comutā comutan , o redimẽ redimen
c. 1. đ de voto.
: y los otros no, segũ segun Caie
Vbi supra. art. 1. col. 4.
. vj. Que solo el ꝓposito proposito đ de ser religioso, sin ꝓmessa promessa tacita, o exp̃ssa expressa , ayũtado ayuntado con el tomar đl del habito en la religiō religion , no es voto. Aũ q̃ Aunque muchos, por vn capitulo
Consulti. de regul.
ayā ayan tenido lo cōtrario contrario ay, y otros en otras ꝑtes partes
. Porq̃ Porque enel caso de aq̃l aquel capitulo, ouo ꝓmessa promessa , alomenos implicita, o ꝟtual virtual , como lo declara biẽ bien Pan.
In di. c. Literaturam.
y Caie
. y otros en otras ꝑtes partes . vij. Que
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ꝗen quien ꝓ mete promete a Dios algo, aũ q̃ aunque lo ꝓmeta prometa , sin animo de lo cũplir cumplir , vota, y q̃da queda obligado a lo cũplir cumplir . Aũ q̃ Aunque no el que ꝓmete promete de palabra, sin animo de ꝓmeterlo prometerlo , como lindamẽte lindamente lo prueua el dicho Card.
do añade, que como la iglesia no cree al que voto, y dize, que no tuuo intenciō intencion de se obligar, assi hazẽ hazen mal los perlados delos religiosos, que creẽ creen sin otras cōjecturas conjecturas a los subditos, que les jurā juran , que no tuuierō tuuieron intẽciō intencion de ꝓfessar professar quādo quando ꝓfessarō professaron . viij. Que
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no es voto la ꝓmessa promessa de lo que necessariamẽte necessariamente ha de ser, q̃l qual es el morir
. Ni la ꝓmessa promessa de lo que es pecado mortal, o venial porq̃ porque no es bueno, y mucho menos biẽ bien mayor, antes la ꝓmessa promessa de pecado mortal, es mortal, y la de pecado venial, venial, como arriba se dixo
In hoc. eod. ca. nu. 15.
, del juramẽto juramento . ix. Que no es voto la ꝓmessa promessa delo indifferente, en quāto quanto es tal, porq̃ porque no es bueno, si no se le añade alguna circunstancia, que de indifferẽte indifferente lo haga bueno. Exemplo, el voto de no hilar el sabado, aun por honra dela virgen, y madre, y del voto de yr a Iaen, y de no yr a tal casa, simplemẽte simplemente hecho, porq̃ porque ninguna cosa destas, de suy o es buena, ni mala. Pues ni aun hilar el sabado de suy o es seruicio de la virgen y madre. Pero el voto de no hilar el sabado, para rezar algunos rosarios: de nr̃a nuestra Señora, o de yr a Iaen, para ver, y adorar la Veronica, o de no yr a tal casa, por no ver algũa alguna persona, que cōuierta conuierta a lasciuia, o a juegos vedados, vale, porq̃ porque por estas circunstancias se haze bueno lo que de suyo er a indifferen| te
. Y por esto en faltando estas circunstancias, cessaria la obligacion del voto, como lo determino singularmente vn Cardenal
Cai. in d. q. 8. art. 2.
. x. Que
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los votos de no hazer lo que aconseja el Redemptor, como de guardar castidad, po breza, y otros semejantes, puesto que licitamente se pueden guardar, pero no obligan
, antes son pecados, aunque no comunmente mas de veniales, como lo prueua largamente el mesmo
In d. q. 88. alti. 2.
, sino quando hombre votasse por hazer desplazer, o injuria al diuino aconsejador, o con animo de no hazer lo aconsejado, aun occurriendo caso, en que fuesse precepto. xj. Que
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el voto de biẽ bien mayor hecho por mal fin, no obliga, hora sea fin del bien, que se vota, como es quando se vota de dar limosna, para por ella alcançar vana gloria, o algun deleyte malo, hora sea fin del mesmo voto, como lo es enel voto del capitan, que yendo dar injusta batalla, promete mil ducados a tal iglesia, para alcançar aquella victoria injusta, hora con intencion de que aquel prometimiento sea medio, para alcançarla, hora de dar gracias dela auer alcançado, porque toda obra, cuyo fin es malo, es mala
, y por consiguiente, aunque lo que se vota sea en si bueno, pero ordenado para mal fin, es malo, y ansi agena materia de la del voto. Si empero el fin de lo bueno, que se vota, ni del mesmo voto no fuesse malo, aunque aquello, porque vno se aplica a votar sea malo, no dexaria de ser el voto bueno. Exemplo del que professa vna religion, sin encarar, o endereçar su profession, ni sus votos a luxuria. Pero la causa que a el mueue a se aplicar a hazer aquella profession, es la esperança, que tiene de que alli terna aparejo de luxuriar. Y lo mesmo se ha de dezir del que vota, para que en campo de desafio lo guarde de muerte, o herida, Y del que vota algo,
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si Dios le diere vn hijo de tal muger, que no es suya. Porque aunque el querer vencer, herir, o matar en desafio, sea malo, pero no, el querer salir sano, y sin heridas. Y aunque la copula con la que no es suya sea pecado, pero el hijo della auido, es don de Dios. Y lo mesmo se ha de dezir del que vota, que si Dios le diere tantos bienes, mal, o bien ganados, hara tal cosa, porque este voto no es para medio, ni gracias de algũ algun pecado, sino para gracias de cosa en si buena. Y por mas fuerte razon vale el voto, quando se haze para castigo de pecado suyo quando alguno vota de hazer tal penitencia, o de yr a Hierusalẽ Hierusalem , o o de dar tanto, si tal, o tal pecado cometiere, segun que todo esto prueua largo vn Card
Caiet. in d. q. 88. art. 2.
. despues de los otros. xij. Que
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aquella renunciaciō renunciacion de males hecha enel baptismo, no es propriamẽte propriamente voto, como lo dixo Palud
. y neruosamẽte neruosamente prueua Caiet
. aunq̃ aunque el Mae| stro
In. 4. di. 38.
, y otros muchos han dicho que si, cuyo dicho se puede entẽ der entender del voto improprio. xiij. Que dos maneras ay de voto. s, solenne, y simple. Voto solenne, es el que se solẽniza solenniza por profession expressa, o tacita, hecha en alguna de las religiones aprouadas, o por recebimiento de orden sacra
c. 1. đ de voto. libr. 6.
. Todo otro voto es simple, hora sea oculto, hora publico
. Y puesto que quebrantar voto simple sea pecado mortal, y algunas vezes escandalo, empero mayor pecado, y escandalo se sigue comunmente del quebrantamiento del voto solenne
.
¶ Lo. iij. presupponemos, que el voto es mas obligatorio, que el juramento, segun. S. Tho.
2. Sec. q. 89. art. 8.
aunque los Parisien.
tengan lo contrario. Cuya opinion es verdadera, quando entrambos se hazen principalmente para honra de Dios, o entrambos principalmente para bien del proximo, y la de. S. Tho. quando el voto principalmente se haze para honra de Dios, y el juramento para bien del proximo, como lo concertamos alibi
. Presuponemos tambien, que la buena obra hecha con voto, es mas meritoria, que la que sin el se haze, segũ segun . S. Tho.
y Richar. y todos los otros
In 4. di. 38.
, y la glosa singular
, que siguiendo a. S. Ansel
In lib. de similit.
dizen, que quien haze alguna cosa con voto, es semejante al que da el arbor con el fruto, y quien sin voto, al que da el fruto sin el arbol.* Aunque las obras de consejo seā sean mas meritorias (siendo lo al ygual) que las obras mandadas y de precepto
, como lo tiene la Comun, segun el doctissimo Medina
.*
¶ Lo. iiij.
33
que el confessor deue auisar al penitente, que no cumplio el voto, quando deuia, que por la penitencia, que le da por no auerlo cumplido, no queda libre dela obligacion de cumplirlo, saluo si sobreuino impossibilidad de hecho, o derecho, o era tal, que con passarse el tiempo deuido, se passaua su obligacion, segun la mente de todos, que explica Caietano
In summa. de materia voti.
.
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