QVanto ala trezena parte en que diximos si el administrador paga al senor el alcance / y aquel hecho: se hallan en su poder del administrador / o que esta hecho rico / se presuma auer lo mal lleuado / o hurtado de los bienes del senor / o que lo gano con sus bienes / o si se presume que lo gano de otra parte por su industria: esta question o pendencia es continua entre los senores y administradores sobre la qual ay diuersas opiniones. ¶ Vna que los officiales del fisco y delas cibdades y otros lugares: se presume auer ganado con el officio que tuuieron: lo que despues del officio se halla que tienen . a { ¶ Glo. in l. facultas alias defensionis facultas de iu. fisci. lib. x. bal. [Baldus/cerl:cnp01341446 gnd:118803085 viaf:29618397] in. l. si defunctus . C. arbi. tu. bar. [Bartolus/cerl:cnp01302817 gnd:118652885 viaf:66498105] in. l. iij. C. de dona. inter . vj. et vxo. } Pero que no a lugar esto en los que tuuieron administracion de bienes de otros particulares. b { ¶ Bal. [Baldus/cerl:cnp01341446 gnd:118803085 viaf:29618397] in. l. j. C. de here. vel ac. vendi . versi . item vt officialis bar. [Bartolus/cerl:cnp01302817 gnd:118652885 viaf:66498105] in. di. l. iij. }. E dizen que esta opinion guardan muy bien muchos senores tyranos / que pocas vezes sus hazedores salen de sus manos con dinero alguno: por que se lo toman con color que lo ganaron con sus bienes: y esto affirman por que dizen que aquellas cosas que el official haze durante el officio se presume auer las hecho por respecto del officio. c { ¶ Bal. [Baldus/cerl:cnp01341446 gnd:118803085 viaf:29618397] in di. l. j. et in . l. cum oportet in principio . ij. coll. ver . quaero quid in administratore. C. de bonis quae lib. raphael. ful. post bal. in. aut. licentiam . C. de epis. et cle. facit pro eis. c. j. in . §. si vero . de feudo guardie vsibus . feudo. }. ¶ Y de aqui tambien dizen que si el official duran te su officio compro alguna cosa se presume auerlo comprado con los bienes del officio / o cargo que tuuo. d { ¶ Andreas de isarniam et nicolaus de neapo. d. c. j. de feudo. guar. bal. [Baldus/cerl:cnp01341446 gnd:118803085 viaf:29618397] in c. j. de contem . inter . do. et fide. de inuesti. bar. [Bartolus/cerl:cnp01302817 gnd:118652885 viaf:66498105] in. l. si pupilli. §. sed et si quis in fi. ff. de nego. ge. per l. sed vltra. §. perinde . ff. ad macedo. }. ¶ Y mediante esta presuncion dizen que el senor podra pedir y cobrar del administrador todo aquello que el administrador compro y gano durante el officio. Mas que si el administrador contra esta presuncion quisiere prouar que vuo aquellos bienes que tiene de otra parte: assi como por erencia / o por donacion que le fue hecha / o que los compro / o gano de otra manera. Esta prouanca sera bastante para excluyr la presuncion que estaua contra el administrador. Alomenos dizen que sera bastante aquella presuncion para que puedan poner a tormento al administrador. e { ¶ Bal. [Baldus/cerl:cnp01341446 gnd:118803085 viaf:29618397] in. l. cum oportet in principio . iij. coll. C. de bonis quae lib. }. Y declare donde vuo los bienes que se hallan en su poder fenescido el cargo que tuuo. ¶ Otros dizen. f { ¶ Vt per bar. [Bartolus/cerl:cnp01302817 gnd:118652885 viaf:66498105] in. d. l. facultas de iure. fis. lib. x. per l. si defunctus . C. arbi. tute. et per l. iij in. §. multa. ff. de iure fis. idem bar. [Bartolus/cerl:cnp01302817 gnd:118652885 viaf:66498105] in. l. spadonem . §. si non extiterint. ff. de escusa. tuto. }. Que si esta opinion fuesse verdadera / seria de notar: pero que no les paresce verdadera. Antes dizen que no se presume el tutor auer se enriquecido con los bienes del menor: avnque el tutor fuesse pobre al tiempo que tomo la tutela: y se requiere mayor prouanca para conuencer al tutor. ¶ En tanto que si el tutor / o administrador ouiessen procurado el officio. g { ¶ Bar. [Bartolus/cerl:cnp01302817 gnd:118652885 viaf:66498105] in d. l. spadonem . §. si non stiterint. }. No se presume auer ganado lo que tienen con el officio: ni se presume tener encubiertos algunos bienes del senor si no se prouasse. h { ¶ Tenet bar. [Bartolus/cerl:cnp01302817 gnd:118652885 viaf:66498105] in. l. qui sub conditione. ff. de condi. et demons. }. Por que qualquier hombre se presume ser bueno si no se prueua al contrario . i { ¶ Ca. fi. de presump. et hanc opinionem tenent bal. [Baldus/cerl:cnp01341446 gnd:118803085 viaf:29618397] et sali. in. l. quisquis. C. si cer. petatur. }. Y dizen que la primera opinion a lugar en los prelados delas yglesias y monesterios que administran los bienes en tanto que biuen. Y que si estos no distribuyessen en obras pias lo que les sobra / y lo detienen ansi: es visto guardar lo y reseruar lo para su yglesia. Y que este tal prelado ni por industria / ni por obra no se presume que gana cosa alguna. Y por esto se presume ser dela yglesia lo que gano. k { ¶ Bal. [Baldus/cerl:cnp01341446 gnd:118803085 viaf:29618397] et sal. in. d. l. quisquis et ita inteligitur . §. interdicimus in ant. de ecle. titu. quam alegat. glo. in . d. l. facultas ad corroborationem sue opinionis. }. Pero que nosotros hablamos en administrador que gana para si y no para otro. Y por consiguiente que no a lugar lo que se dize del prelado dela yglesia: ni los officiales de senores temporales. ¶ De donde concluyen que hablando en prelado todo lo que tiene fenescido su officio que el su prelatura se presume auer lo ganado y auido del officio dignidad / o prelatura que tuuo y sera dela yglesia / sino se prouasse que lo vuo de herencia / o donacion etc. ¶ Mas que hablando en otro administrador no a lugar la dicha presuncion . ¶ En verdad la question de suso propuesta es dudosa por la auctoridad y fundamentos de los que sobre ella escriuieron : mas por que paresceria yerro auer la propuesto y no concluydo. De manera que justamente sea clara so en mi enda de mejor juyzio / conformando me con el parescer de otros que sobre este articulo escriuieron Digo que los contadores / los juezes / y las otras personas que desto quisieron saber la verdad y juzgar como deuen: an de considerar que si el official / o administrador es persona que puede negociar y entender en cosas / o tratos en que puede ganar / y es persona industriosa: presumiran que gano lo que tiene por industria de su persona / y no con los bienes del senor: especialmente si el administrador es persona industriosa y tiene bienes suyos propios con que trataua al tiempo que to mo el cargo que estonce se presume que gano lo que tiene con sus bienes / y con su industria. l { ¶ Lex. presidis. ff. si cer. petatur. }. ¶ Mas quando el administrador es persona a quien es prohibido que no pueda negociar ni tratar: presume el derecho que gano lo que tiene con los bienes del senor / o injustamente. m { ¶ Vt. d. l. quisquis . C. si cer. pe. }. ¶ Ansi mesmo digo que si el administrador dio buena cuenta se presume que ningun fraude hizo en los bienes del senor: ante auer ganado lo que tiene por su industria. n { ¶ Lex si defunctus. C. arbi. tute. }. ¶ Y por el contrario si el administrador no dio buena cuenta: se presume auer ganado lo que tiene con los bienes del senor. o { ¶ Tenet ioh. de platea. in. l. facultas. de iure. fis. lib. x. }. ¶ Jtem si el administrador encubrio algunas cosas de los bienes que administro y le fueron hallados fenescida la cuenta: se conosce auer tenido voluntad de las hurtar. p { ¶ Bar. [Bartolus/cerl:cnp01302817 gnd:118652885 viaf:66498105] in l. si pupilli. §. sed et si quis in fi. ff. de nego. ge. per . d. l. sed vltra. ff. ad macedo. iacho. de belui. in. c. primo . si contentio . fuc. de inuenitur do. et fide. }. Y lo demas que tiene auer lo ganado con los bienes del senor. ¶ Finalmente esto esta en buen conoscimiento y aluedrio del juez / no paresciendo el contrario . q { ¶ Ar. tex. in. c. de causis de officio delega. } Si terna sospecha contra el administrador por ser mal hombre y de malos tratos / o por que le hallaron encubiertos algunos bienes del senor / o por que dio mala cuentas / o si ay alguna presuncion que fauorezca al administrador: ansi como si es hombre de buena fama / o que dio buena cuenta / o que es hombre que tiene trato / o hazienda con que pueda auer ganancia: que tales presunciones como estas escluyen qualquiera otra presuncion que aya contra el administrador. r { ¶ Ar. tex. in. c. literas de presump. et de multis ex supradictis vide and. sicu. in. c. in quirendum de pecu. cle. et per bar. [Bartolus/cerl:cnp01302817 gnd:118652885 viaf:66498105] in . l. proponebatur. ff. de magistr. con. }.