QVanto ala treʒzena parte en que diximos si el administrador paga al señor el alcãce alcance / y aquel hecho: se hallan en su poder del administrador / o que esta hecho rico / se p̃suma presuma auer lo mal lleuado / o hurtado de los bienes del señor / o que lo gano con sus bienes / o si se presume que lo gano de otra parte por su industria: esta question o pendencia es cõ tinua continua entre los señores y administradores sobre la qual ay diuersas opiniones. ¶ Vna que los officiales del fisco y delas cibdades y otros lugares: se presume auer ganado con el officio que tuuieron: lo que despues l del officio se halla que tienẽ tienen .
Pero que no a lugar esto en los que tuuierõ tuuieron administraciõ administracion de bienes de otros particulares.
. E diʒzen que esta opinion guardan muy bien muchos señores tyranos / que pocas veʒzes sus haʒzedores salen de sus manos con dinero alguno: por que se lo toman con color que lo ganarõ ganaron con sus bienes: y esto affirman por que diʒzen que aquellas cosas que el official haʒze durante el officio se presume auer las hecho por respecto del officio. . ¶ Y de aqui tambien diʒ ẽ diʒen que si el official durã | fol. 25r te duran te su officio compro alguna cosa se presume auerlo comprado con los bienes del officio / o cargo que tuuo. . ¶ Y mediante esta presuncion diʒzen que el señor podra pedir y cobrar del administrador todo aquello que el administrador compro y gano durante el officio. Mas que si el administrador contra esta presuncion quisiere prouar que vuo aquellos bienes que tiene de otra parte: assi como por erencia / o por donacion que le fue hecha / o que los compro / o gano de otra manera. Esta prouança sera bastante para excluyr la presuncion que estaua cõtra contra el administrador. Alomenos diʒzen que sera bastante aquella presuncion para que puedan poner a tormẽto tormento al administrador.
. Y declare donde vuo los bienes que se hallã hallan en su poder fenescido el cargo que tuuo. ¶ Otros diʒzen. . Que si esta opinion fuesse verdadera / seria de notar: pero que no les paresce verdadera. Antes diʒzen que no se presume el tutor auer se enriq̃cido enriquecido con los bienes del menor: avnque el tutor fuesse pobre al tiẽpo tiempo que tomo la tutela: y se requiere mayor prouança para conuencer al tutor. ¶ En tanto que si el tutor / o administrador ouiessen procurodo procurado el officio.
. No se presume auer ganado lo que tienen con el officio: ni se presume tener encubiertos algunos bienes l del señor si no se prouasse.
. Por que qualquier hõ bre hombre se presume ser bueno si no se prueua al cõtrario contrario .
. Y diʒzen que la primera opinion a lugar en los prelados las delas yglesias y monesterios que administran los bienes en tanto que biuen. Y que si estos no distribuyessen en obras pias lo que les | sobra / y lo detienen ansi: es visto guardar lo y reseruar lo para su yglesia. Y que este tal prelado ni por ĩdustria industria / ni por obra no se presume que gana cosa alguna. Y por esto se p̃sume presume ser dela yglesia lo que gano. . Pero que nosotros hablamos en administrador que gana para si y no para otro. Y por consiguiente que no a lugar lo que se diʒze del prelado dela yglesia: ni los officiales de señores temporales. ¶ De donde concluyen que hablando en prelado todo lo que tiene fenescido su officio que el su prelatura se presume auer lo ganado y auido del officio dignidad / o prelatura que tuuo y sera dela yglesia / sino se prouasse que lo vuo de herencia / o donacion etc̃. ¶ Mas que hablã do hablando en otro administrador no a lugar la dicha presunciõ presuncion . ¶ En verdad la question de suso propuesta es dudosa por la auctoridad y fundamentos de los que sobre ella escriuierõ escriuieron : mas por que paresceria yerro auer la propuesto y no concluydo. De manera que justamẽte justamente sea clara so en mi enda de mejor juyʒzio / conformãdo conformando me con el parescer de otros que sobre este articulo escriuierõ escriuieron Digo que los contadores / los jueʒzes / y las otras personas que desto quisieron saber la verdad y juʒzgar como deuen: an de cõsiderar considerar que si el official / o administrador es ꝑsona persona que puede negociar y entender en cosas / o tratos en que puede ganar / y es persona industriosa: presumiran que gano lo que tiene por industria de su ꝑsona persona / y no con los bienes del señor: especialmente si el administrador es persona industriosa y tiene bienes suyos propios con que trataua al tiempo que to| mo el cargo que estonce se presume que gano lo que tiene con sus bienes / y con su industria.
. ¶ Mas quando el administrador es persona a quiẽ quien es prohibido que no pueda negociar ni tratar: presume el derecho que gano lo que tiene con los bienes del señor / o injustamente.
. ¶ Ansi mesmo digo que si el administrador dio buena cuenta se presume que ningũ ningun fraude hiʒzo en los bienes del señor: ante auer ganado lo que tiene por su industria.
. ¶ Y por el cõtrario contrario si el administrador no dio buena cuenta: se presume auer ganado lo que tiene con los bienes del señor.
. ¶ Jteʒ Jtem si el administrador encubrio algunas cosas de los bienes que administro y le fueron hallados fenescida la cuenta: se conosce auer tenido voluntad de las hurtar. . Y lo demas que tiene auer lo ganado con los bienes del señor. ¶ Finalmente esto esta en buẽ buen conoscimiento y aluedrio del jueʒz / no paresciendo el cõtrario contrario .
Si terna sospecha contra el administrador por ser mal hombre y de malos tratos / o por que le hallaron encubiertos algunos bienes del señor / o por que dio mala cuẽtas cuentas / o si ay alguna presuncion que fauoreʒzca al administrador: ansi como si es hõbre hombre de buena fama / o que dio buena cuenta / o que es hombre que tiene trato / o haʒzienda con que pueda auer ganancia: que tales presunciones como estas escluyen qualquiera otra presuncion que aya contra el administrador.
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