QVanto ala postrera y final parte
ste
deste
tratado en que diximos
si se tiene de dar copia de las cuentas:
y como se tiene de ha
ʒzer el instrumento hechas
las cuentas y las posiciones y sentencia. y si es
obligado el jue
ʒz de executar la
sentẽcia
sentencia
/ avn que
se apele della. ¶ Quanto a lo primero digo que
se tiene de dar copia de las cuentas
autenticamẽ
te
autenticamente
al señor y a las otras personas a quien pertenesce derecho en ellas.
. ¶ Y el instrumento de
las cuentas se tiene de ha
ʒzer en esta manera. A
tantos dias de tal mes y año / ante mi el escriuano publico y testigos deyuso escritos / Fulano / y
Fulano contadores: tomados entre Fulano / y Fulano para ha
ʒzer y aueriguar sus cuentas: las hi
ʒzieron y
aueriguarõ
aueriguaron
en la manera que se sigue.
Aqui assentara el escriuano el tenor de las cuentas segun que se aueriguaron: y luego al pie dellas assentara. Y assi hechas y aueriguadas las
dichas cuentas: los dichos contadores estando
presentes las partes / o estando ausentes
Dixerõ
Dixeron
que las dauan y dieron por bien hechas / en
quã
to
quanto
a su noticia vino / y ellos alcançaron a saber. Y
si las partes las consintieron y aprouaron y vuieron por buenas tambien lo assentara: y
firmarã
firmaran
los contadores las cuentas / o otros por ellos sino saben escreuir / y porna los testigos ante
quiẽ
quien
se pronuncia.
. Y tambien las partes las an por
buenas firmar an este aucto: por que puesto que
tenga este aucto semejança de juy
ʒzio / o de aucto
de juy
ʒzio: tiene fuerça de pacto / y es menester
q̃
que
|
se firme por leyes destos reynos.
. ¶ Las posiciones se pornan desta manera por parte del señor.
Põgo
Pongo
por
posiciõ
posicion
y si me fuere negado
ꝓuar
prouar
entiẽdo
entiendo
/
q̃
que
en
tãtos
tantos
dias de tal mes y año: Fulano tomo de mi en administracion tales bienes: y
q̃
que
en
cada vn año
los
delos
q̃
que
tuuo la dicha
administraciõ
administracion
rẽtarõ
rentaron
tãtos
tantos
marauedis / o
tãtas
tantas
hanegas de
pã
pan
.
¶ La
sentẽcia
sentencia
se tiene de formar desta manera /
q̃
que
vistas las
cuẽtas
cuentas
hechas entre Fulano / y Fulano
mãdo
mando
q̃
que
aq̃llas
aquellas
guardẽ
guarden
y
cũplan
cumplan
las partes / como
en ella se
cõtiene
contiene
.
. ¶ En
quãto
quanto
a la
sentẽcia
sentencia
si tiene
de
ser executada: digo que se tiene de executar
aun
q̃
que
se apele della.
. Y dados los pregones a los
bienes en
q̃
que
se hi
ʒziere la
execuciõ
execucion
se rematara / y se
hara pago delo
alã
çado
alcançado
. al señor:
dãdo
dando
primero
fiã
ça
fiança
el señor
q̃
que
pagara lo
q̃
que
rescibiere
cõ
con
el doblo
si en
segũda
segunda
instãcia
instancia
fuere la
sentẽcia
sentencia
reuocada.
¶ Y si enla
segũda
segunda
instãcia
instancia
la
sentẽcia
sentencia
se
cõfirmare
confirmare
q̃dara
quedara
pagado el señor
lo
delo
q̃
que
alcã
ço
alcanço
al administrador: y ansi
q̃dara
quedara
entre ellos la
cuẽtas
cuentas
y
bate
debate
q̃
que
tuuierõ
tuuieron
fenescido. ¶ Y esta cuenta se da delos
bienes
tẽporales
temporales
a la qual son obligados
solamẽ
te
solamente
los
q̃
que
administrã
administran
bienes de otros. ¶ Otra
cuẽ
ta
cuenta
y
raʒ
õ
raʒon
/ todos
generalmẽte
generalmente
somos obligados a
dar de nuestras obras en la venida de nuestro
redẽptor
redemptor
Jesu cristo el dia del juy
ʒzio.
. A el plega
q̃
que
hagamos en este
mũdo
mundo
tales obras: y que administremos nuestra vida de tal manera
q̃
que
demos
buena
cuẽtas
cuentas
: y tal que merescamos oyr aquella
dulce bo
ʒz. Venite benedicti patris mei.
⁊
et
c̃.
Amẽ
Amen
.