QVanto a la setena parte
en
q̃
que
diximos
q̃
que
cosas / a de tener en si el
libro de
cuẽtas
cuentas
para
q̃
que
este ordenado como deue: digo
q̃
que
/ a de tener
ṗmero
primero
escrito todo
a
q̃llo
aquello
q̃
que
el administrador recibio
l
del
señor. ¶ Lo se
gũdo
gundo
todo lo
q̃
que
dio al señor y / a otros por su
mãda| fol. 11r
do
manda
do
: y lo
q̃
que
gasto en su
ꝑsona
persona
y bienes
l
del
señor: y en
sus negocios y causas. ¶ Y el libro
de
cuẽtas
cuentas
l
del
administrador
q̃
que
no tiene dacta y rescibo: no es
biẽ
bien
ordenado / y ha
ʒze sospecha contra el administrador. y es obligado / a pagar al señor el interesse
q̃
que
se
ꝓuasse
prouasse
:
En
tãto
tanto
q̃
que
sino escriue el administrador todo lo
q̃
que
rescibe delos deudores del señor: es
obligado el administrador delo pagar con el doblo.
Y esta dacta y rescibo
q̃
que
arriba diximos / todo
jũto
junto
se di
ʒze libro
de
cuẽtas
cuentas
.
¶ Y avn
q̃
que
esto sea
verdad / no se
entiẽde
entiende
que la dacta y rescibo
de
necessidad an de estar escritos y assentados en vn libro / o
volumẽ
volumen
: mas basta que el rescibo este
assẽ
tado
assentado
en vn volumen / y la dacta / o gasto en otro: y
el vno y el otro libro / en que esta la dacta y rescibo: se di
ʒze libro de cuentas.
Toda via es mejor
que el rescibo y el gasto
estẽ
esten
assentados en vn volumen: por que no aya sospecha contra el administrador: que estando / a parte quito / añadio / o
mudo partido alguno / creciendo el gasto / o ha
ʒziendo otros fraudes. ¶ Y si el administrador es
thesorero / contador / o receptor delas rentas y tributos reales: tiene de poner en cabeça del libro
de cuentas el nombre del principe que estonces
reyna: y el dia en que rescibe los tributos y rentas y otros bienes
l
del
señor: y el dia mes y año / en
que los dio / gasto y pago.
¶ Ansi mesmo se
re
ere
requiere
que en la dacta pongan los administradores
la causa por que di
ʒzen que dieron / o
gastarõ
gastaron
los
marauedis / o cosas que tienen assentado enel libro de cuentas: por que los contadores puedan
conoscer si la causa del gasto fue justa / o bastan|
te.
¶ Ansi mesmo es necessario que el administrador escriua enel libro de
cuẽtas
cuentas
estensamente / o por menudo lo que gasto: y en que lo gasto /
y a quien lo dio y pago.
¶ Y si el libro del administrador no tuuiesse escrito el dia / mes / y año en
que rescibio los bienes del señor: y el dia en que
los dio / gasto / o distribuyo / y la causa del gasto: la
cuenta seria intricada y no se podria contar derechamente: y la tal cuenta causaria sospecha contra el administrador:
Y por ende estaria en culpa: y con otro
algũ
algun
indicio no careceria de pena:
y no podrian los contadores passar en cuenta el
partido: que no tuuiesse las cosas ya dichas: por
que seyendo como dicho es la cuenta entricada
y oscura: los contadores no
podrã
podran
cõprehender
comprehender
ni conocer si esta hecho algun fraude / o engaño
en ella:
Y no pudiendo
biẽ
bien
conoscer la
ꝟdad
verdad
: no
podrian justamente passar lo assentado.
¶ De
dõde
donde
se sigue
q̃
que
los
cõtadores
contadores
no
tienẽ
tienen
de dar credito alguno al libro
l
del
administrador: saluo
quã
do
quando
allende dela dacta y rescibo esta assentado en
cada vn partido el dia / mes / y año: en
q̃
que
di
ʒze que
dio / gasto / y pago: y la causa del gasto.
¶ Esto es
verdad en caso que el señor niega lo
cõtenido
contenido
en
aquel partido: mas si lo conosciesse / o confessasse
se tiene de passar en
cuẽtas
cuentas
:
porq̃
porque
la
cõfession
confession
l
del
se
ñor quita y amueue toda sospecha.
¶ Ansi mesmo es verdad
q̃
que
el partido en
q̃
que
no esta puesto el
dia / mes / y año / y la causa: no tiene de ser rescebido en cuenta: quando el partido es tal en
q̃
que
el administrador di
ʒze
q̃
que
dio / gasto / pago: o di
ʒze otra
cosa en su fauor. Mas si di
ʒze
q̃
que
rescebio /
avnq̃
avnque
no
|
tẽga
tenga
puesto en
q̃
que
dia se tiene
de
rescebir
cõtra
contra
el administrador el tal partido.
Y assi de
ʒzimos
q̃
que
en
la recepta no se
reere
requiere
dia: mas enla dacta si.
Lo
mesmo
ʒimos
deʒimos
en la causa:
q̃
que
avn
q̃
que
en la dacta se
aya de espressar: no es necessario
q̃
que
enel recibo se
espresse. ¶ Y
quãdo
quando
alguna causa se
nõbra
nombra
en la
dacta: an de mirar los
cõtadores
contadores
q̃
que
sea justa y tal
q̃
que
baste / para
q̃
que
tomẽ
tomen
en
cuẽtas
cuentas
el gasto:
porq̃
porque
muy
estrecha y
vrgẽte
vrgente
causa / a de mouer al
cõtador
contador
para que passe en
cuẽtas
cuentas
lo gastado. ¶ Y doy por
cõ
sejo
consejo
/ a los
cõtadores
contadores
:
q̃
que
no passen en
cuẽtas
cuentas
las espensas / o gastos
q̃
que
los administradores dixeren
auer hecho: saluo en caso
q̃
que
les
cõsto
consto
claramente
la causa
l
del
gasto
q̃
que
da:
diʒiẽdo
diʒiendo
lo
q̃
que
gastarõ
gastaron
/ y en
q̃
que
y
porq̃
porque
lo
gastarõ
gastaron
. y si paresciere a los
cõtadores
contadores
q̃
que
la causa
l
del
gasto no es
bastãte
bastante
: no
passarã
passaran
en cuenta el gasto.
Exẽplo
Exemplo
se puede poner en vna casa
q̃
que
esta hecha / di
ʒze el administrador
q̃
que
la
rribo
derribo
y
la torno a ha
ʒzer: an
de
saber los
cõtadores
contadores
porq̃
porque
la
rribo
derribo
estãdo
estando
hecha: y si dixere
q̃
que
la
rribo
derribo
porq̃
porque
se
q̃ria
queria
caer / esta es causa justa. y si el administrador la prouare: bastara para
q̃
que
passen en
cuẽtas
cuentas
lo
q̃
que
paresciere justa y ordenadamente gastado: y si
no se
ꝓuare
prouare
q̃
que
tenia necessidad de derribar la: no
passarã
passaran
en
cuẽtas
cuentas
el gasto:
porq̃
porque
la causa por que se
gasto no fue justa / mas confusa y mala.
¶ Y an
si los cojedores de los tributos reales son obligados de embiar por escrito a la corte / que quanto
cobraron: y en que lo
gastarõ
gastaron
: y de que manera:
y
porq̃
porque
causa. y lo
q̃
que
gastaron:
An de de
ʒzir y
nõ
brar
nombrar
por su
nõbre
nombre
ꝓpio
propio
/ a
quiẽ
quien
dierõ
dieron
/ o
pagarõ
pagaron
lo
q̃
que
diʒ
ẽ
diʒen
.
¶ Y ansi
nõbrada
nombrada
cuẽtas
cuentas
los administra|
dores y cogedores de los tributos reales: an de
rescebir las copias de lo que les mandan cobrar
Diʒiẽdo
Diʒiendo
que cobre de pedro tantos marauedis:
y de Juan tantos. y ansi quando cobraren
tienẽ
tienen
de assentar por escrito: que cobraron de Pedro
tanto / y de Juan tanto:
Y ansi se vsa en los lugares destos reynos en la cobrança dela moneda
forera / y otros tributos. y en los lugares que tienen por encabeçamiento las alcabalas / y tercias
de sus alte
ʒzas: que
quãdo
quando
los lugares las reparten entre si: dan / a vn receptor / o cojedor vna copia en escrito delo que mandan cobrar de cada
vn ve
ʒzino. y ansi el cogedor / o receptor assienta
por escrito lo que de cada vno / a cobrado. ¶ Y si
desta manera no se diesse y tomasse la cuenta: los
que la resciben / no podrian conoscer ni comprehender si algun engaño el
reptor
receptor
/ cogedor / tutor
curador / o otro qualquier administrador aya hecho en ella.
Lo qual yo vi y halle
cõ
con
otros diputado para tomar y rescebir
cuẽtas
cuentas
/ a vn receptor
por comission de los muy altos y cristianissimos
principes don
Fernãdo
Fernando
/ y doña Ysabel: rey y reyna nuestros señores de gloriosa memoria: en las
quales halle que en la dacta / pagos / y gastos que
el receptor de
ʒzia auer hecho: tenia
cõtado
contado
y
assẽ
tado
assentado
enel libro de cuentas / vna cosa tres ve
ʒzes. y
el vn partido estaua bien apartado del otro. y de
ʒzia desta manera. En primero de Mayo de mill
y quinientos años / di a Gonçalo
hernãdeʒ
hernandeʒ
die
ʒz
mill marauedis por mandado de los señores justicia y regidores:
porq̃
porque
fuesse a la corte de sus alte
ʒzas. Y en otro partido
ʒia
deʒia
/ en primero
de
Ma|
yo de mill y quinientos años: di a Gonçalo hernande
ʒz cinco mill marauedis por mandado delos señores justicia y regidores / por que fuesse / a
la corte de sus alte
ʒzas. y en otro partido de
ʒzia de
la mesma manera
q̃
que
le auia dado cinco mill marauedis / y por la mesma causa. De manera que
si passaran en
cuẽtas
cuentas
estos tres partidos: lleuara
el receptor injustamente die
ʒz mill marauedis. y
visto el libramiento con que justicia y regidores
mandaron dar al receptor die
ʒz mill marauedis:
y vista la fecha y dia en que se los dio: y la causa
q̃
que
fue para que fuesse a la corte de sus alte
ʒzas: se aueriguo que no fue mas de vn camino: ni fueron librados mas de die
ʒz mill marauedis. ¶
Tambiẽ
Tambien
hallamos enel libro de cuentas de ciertos cogedores
las
delas
alcabalas: enel tiempo que estos reynos los tomaron por encabeçamiento: que fue
enel año de mill y
quatrociẽtos
quatrocientos
y nouenta y nueue años: que cogieron y cobraron mucha mas
cantidad delo que fue
mãdado
mandado
que cobrassen: lo
qual parescio vista la copia que les fue dada por
donde cobrassen juntamente con el libro delo
q̃
que
rescibieron: ansi por los
conoscimiẽtos
conoscimientos
y cartas
de pago
q̃
que
he
ʒzimos traer / a los deudores / a
quiẽ
quien
fue repartido que pagassen alcabala. ¶ Y desta
causa digo que las personas diputadas para tomar cuenta de otros: deuen ser cautos y sabidos
en tomar las. y que esten re
ʒziamente auisados:
por que muchos administradores dan por entero vn partido: y despues lo dan en muchos otra
ve
ʒz por menudo: y doblan y avn redoblan los gastos que solamente vna ve
ʒz hi
ʒzieron. y si
gastarõ
gastaron
|
dos marauedis / di
ʒzen que fueron tres: y estos tales deuen ser punidos / en pena del doblo.
¶ Y
por ellos se di
ʒze que muchos officiales y administradores / son lobos robadores y perros de corte
que con diuersas maneras y grandes astucias y
engaños: sin que los sienten deguellan las ouejas / y se beuen la sangre dellas:
Y avn digo por
lo que vi muchas ve
ʒzes / que no se contentan
cõ
con
la sangre: mas tambien se comen la carne hasta
que llegan al huesso / y aquel se
comeriã
comerian
sino fuesse tan duro: y tambien lo
dexã
dexan
pensando que sobre porna carne nueua / y se la tornaran a comer.
Y si algunos
sieren
quisieren
pensar en todas partes podran hallar muchos administradores ricos
q̃
que
de
ante ningunos bienes tenian / y yo los vi. Y a los
señores pobres / o muy alcançados y adeudados
tãbiẽ
tambien
se di
ʒze
q̃
que
estos tales administradores y receptores / muchos males
sabẽ
saben
y
cometẽ
cometen
mas
q̃
que
otros.
Y es
porq̃
porque
los dineros
ciegã
ciegan
los ojos
los
delos
administradores:
codiciãdo
codiciando
ha
ʒzer suyo el
dĩero
dinero
agẽo
ageno
.