Demas, de que para la adquisicion de que tratamos, concurrieron sobre la concession Pontificia, otras varias causas, i titulos, que la pusieron del todo fuera de escrupulo, como lo apuntè en el capitulo passado; quales fueron, no querer muchos Indios recebir de paz à los nuestros, ni oirles la predicacion, i legacion Evangelica, que les llevaban. b{ Innocen. in c. quod super de voto, in terminis indor. Victor. Castr. Greg. I op. Co varr. & plures apud Me, lib. 2. cap. 20. ex n. 1. ad 5. }Rebelarse contra ellos, i tratar de matarlos, despues que yà los avian recebido de paz, i estar muchos convertidos, i bautizados. c{ Ijdẽ Auct. & alij plures apud Me, d. c. 20. ex n. 24. ad 57. & lib. 3. c. 4. ex num. 1. ad 18. } Negarles el passo à otras Provincias, donde pudieran propagar la Fè, si injustamente no se les impidiera, d{ ijdem & alij latissimè apud Me, d. c. 20. ex n. 57. ad 80. }Aliarse con los nuestros voluntariamente los Indios de algunas, para que los ayudassen en las guerras, que à su modo traian, i tenian por justas con las finitimas, dandoselas en premio de su trabajo. e{ Latissimè Ego. d. c. 4. ex n. 18. ad 33. }