I porque, si la regla por donde se ha de medir, ò nivelar la justificacion de estos servicios, es, como yà se ha dicho, i probado, la causa publica. Aqui no puede considerarse esto; pues la Coca no es necessaria à los Españoles para su sustẽto, i solo miran en plantarla, i beneficiarla à la ganancia que de esto cōsiguen, la qual no se les debe conceder con el trabajo, i sudor de los Indios, k{ L. nam hoc natura. cum simil. D. de condit. indeb. }Que tampoco necessitan della precisamente, pues sabemos, q̃ en su gentilidad raras vezes usaban de ella, i solo à sus Reyes, i Caciques se permitia, como lo refieren Acosta, i el Inca. l{ Acost. d. c. 22. Garcilasus Inca in histor. Inc. lib. 8. cap. 15. }