I por averse tenido noticia, que todavia duraba este modo de servicio personal en el Reino de Chile, con grave dano, i vexacion de los Indios, se despacho otra cedula en 8. de Diziembre de 1610. anos, dirigida al dicho Marques de Montesclaros, mandandole apretadamente le reformasse. La qual puso en execucion su sucessor en aquel cargo Principe de Esquilache, aviendo hecho para ello muchas juntas de personas graves, doctas, i entendidas de estas materias, i formado, con su acuerdo, las ordenancas que para ello se tuvieron por convenientes. Aunque ni alli, ni en Venecuela, Popayan, i otras partes, acaban de ajustarse a ellas, i assi se van repitiendo las mesmas cedulas.