Pero, bolviendo à lo de las dotrinas, aunque por la razon referida, fuera conveniente fiarlas de los Mestizos, es necessario ir en ello con mucho tiento, porque vemos, que los mas salen de viciosas, i depravadas costumbres, i son los que mas daños, i vexaciones suelen hazer à los mesmos Indios, como lo nota el proprio Padre Ioseph de Acosta, m{ Acosta ubi sup. pag. }i lo dan à entender muchas cedulas, n{ Sched. plures 4. tom. impress. pag. 342. & seqq. }que por esta razon ordenan, que no los dexen andar, ni habitar en sus pueblos, sino que reduzgan à los de los Españoles, ò à otros, que se procuren formar, i poblar de los mesmos Mestizos, i Mulatos, i que las Mestizas casadas con Españoles, si cometieren adulterio, sean juzgadas, i castigadas como las Españolas.