Palabras, que parece confunden, o asimilan estos Indios Yanaconas o Adscripticios, a los adventicios, o conducticios, i destruyen lo que llevamos dicho, como lo advierte bien el Padre Agia. q{ Agia d. respons. de servit. pers. pag. 52. }Sino es que las restrinjamos, a que se les de esta licencia por los que los posseen, despues que en sus casas Chacaras, o heredades, huvieren acabado, i cumplido los oficios, tareas, i ministerios a que son destinados, a cuyo preciso trabajo les obliga el cap. 9. de la mesma cedula, i las leyes, i dotrinas que se han citado, i prueban, que no pueden desamparar sus habitaciones, i que si lo hizieren, pueden ser por fuerca bueltos a ellas. r{ l. omnes omnino, l. omnes profugi, l. originarios, l. cum satis, C. de agricol. & cens. cum alijs sup. notat. }