Pero estas nuevas leyes por las grandes contradiciones, i reclamaciones que à ellas se hizieron, se revocarō por otras del año de 1545. z{ Extant d. 2. tom. pag. 197. } I finalmente se assentò, permitiò i continuò la nueva forma de encomendar, de que vamos tratando, con que en esta parte quedò, i se puede tener tambien por revocada la dicha ley de la Recopilacion, como en la glossa de ella, lo advierte bien Iuan Matienzo, i Albornoz en el lugar que he referido, dize, se pudiera escusar el averla recopilado, porque la ley original de donde se sacò, es, no solamente impertinente, mas revocada en su primera parte, que trata de las encomiẽdas de los Indios.