I todo lo dicho procedera igualmente, aunque demos, que el encomendado in partibus por el Virrey, o Governador, tuviesse alguna cedula general para ser remunerado en lo que fuesse vacando: porque todavia la merced especial del Rey, vence, i quebranta la fuerca de essotra, como se ha dicho en el capitulo antecedente, i lo ensena por palabras expressas otro del derecho Canonico, m{ Cap. Dud. de praeb. lib. 6. vers. Praesertim, vide ver. ap. Me, d. c. 9. n. 53. & Rebuf. ad leg. Gall. 2. tom. tit. de rescript. in praef. ex n. 3. }que se puede apoyar con una eficaz, i viva razon.