Pero esto no lo avemos de tomar con tanta estrecheza, que si se ofreciesse alguna grande, i urgente necessidad, no pueda el que està obligado à residir, ausentarse antes de pedir, i obtener la licencia, si en esto avia de aver detencion, i embaraço considerable, como en casos i terminos muy ajustados al nuestro, lo enseñò Hostiense, à quien comunmente siguen otros Dotores. p{ Hostiens. d. cap. inter quatuor, Afflict. d. decis. 289. n. 10. Garcia d. c. 2. nu. 97. Azev. omnino videndus, cons. 27. n. 20. & 21. }Dando por razon de esto, que los impedimentos que pueden, i deben admitirse, para escusar el no residir, tambien podràn escusar el no pedir la licẽcia, quādo, como he dicho, podia aver peligro en la tardança, i especialmente, si estaba en lugar muy distante el Governador que la avia de conceder, que es cosa en las Indias muy contingente.