Porqve en primer lugar, siempre se ha tenido por arduo i dificultoso, querer hazer tan necessaria i precisa la liberalidad q̃ nuestros Reyes començaron à usar en dar estas Encomiendas, que la ayamos de poner en terminos de enagenacion perpetua, i irrevocable dellas. Porque introducido esto, no tendran casi cosa alguna en todas las Indias, en que poder remunerar, i gratificar para en adelante los benemeritos dellas, lo qual ocasionarà, que se entibiẽ los animos de los vassallos, en hazer servicios, i empressas considerables, pues estas se alientan de ordinario con la esperança del premio, como lo enseñan nuestros Iurisconsultos, i otros graves Autores, t{ L. 1. D. de iust. & iure, l. & virtutum, C. de stat. & imag. l. 3. & fin. tit. 10. l. 2. tit. 27. p. 2. Cicer. Plin. Lucret Ennod. & alij, quorum verba. vide apud Me, d. c. 30 n. 76. & 77. }i una notable ley de Partida, que dize: "Que como sin agua no puede permanecer una huerta, tampoco sin galardones conservarse una Republica."