Lo segvndo, se puede cōsiderar, que aun quando faltara la razon referida, se debia reparar mucho en la utilidad, i comodidad del Rey, i de su Real hazienda, que estando tan extenuada por los grandes i continuados gastos que se le ofrecen en defensa de la Fè, i de su dilatada Monarquia, obliga à que de tal suerte templemos su liberalidad, que no se halle despues falto en lo muy necessario, x{ L. rem legata, de adim. legat. Velascus in axiom. litt. L. n. 70. } i à que antes se busquen trazas para ir incorporando en su Real Corona las mas Encomiendas que ser pueda, como ya se ha mandado executar en todas las que fueren vacando en la Nueva-España, i en el Perù, en la tercera parte dellas, segun lo que dexo dicho en el capitulo 17. i 28. deste Libro.