I assi vendra la utilidad publica (por cuya contemplacion toleramos estos servicios) a ceder a la de estos Encomenderos particulares, o se turbara, i pondra en conocido discrimen por mayor parte, a que no se debe dar lugar, pues lo publico prepondera siempre a lo particular, como en tantas partes lo llevo dicho, i con elegantes palabras lo dixo el Obispo de Sylves don Geronimo Ossorio, i{ Osser. de Regis instit. lib. 7. vide verba ap. Me, d. c. 30 n. 97. }diziendo, que assi como en el cuerpo humano, no avemos de mirar lo que puede estar bien, i ser al sabor de algun miembro suyo particular, sino principalmente lo que se entendiere, que a la salud de todo el cuerpo le puede ser conveniente: assi en la Republica, no se ha de considerar lo que a cada uno le pueda estar mas a cuento, sino lo que en comun les sea a todos de mayor provecho, i utilidad.