I es de saber, que aviendo sido embiado el año de 1554. por Virrey del Perù don Andres Hurtado de Mendoça Marques de Cañete, que llaman El Viejo, (à diferencia de otro Marques hijo suyo, que tuvo el mesmo cargo) i se le huviesse quitado el poder i facultad, que solian llevar otros Virreyes, para dar Encomiendas, porq̃ entonces se estaba tratando, si cōvendria perpetuarlas, como lo acabamos de dezir en el capitulo antecedente. El, tomando ocasion de las palabras de la cedula Real, en que prohibiendole el Encomendar, se le dezia, buscasse otros medios, como entretener, consolar, i remunerar à los benemeritos de aquella tierra, i juzgando juntamẽte, que podria convenir para la seguridad, i guarda della, i de su persona, instituyò, i formò unas compañias de soldados de acavallo, à los quales llamò Lanças i Arcabuzes, i otra de Infantes, ò soldados de à pie, que llamò Alabarderos, à imitacion de los que en Castilla llamamos Continuos, i les consignò en las rentas de las mejores Encomiendas, que entonces vacaban 114500. pesos de plata ensayada, en tal forma, que cada uno de los Lanças ganasse cada año mil pesos, i de los Arcabuzes, quinientos, i de los Alabarderos, ciento i ochenta; con cargo i obligaciō de acudir à la defensa del Reino en las ocasiones que se ofreciessen, i acompañar con sus armas i cavallos la Persona del Virrey, dondequiera que fuesse, para que assi su dignidad, i la de su Magestad, que en ella se representa, fuesse mas respetable.