I si vaga con licencia de sus superiores, o del Romano Pontifice, aun es esto mas llano, porque se queda fraile, i retiene el habito, derechos, i privilegios de tal, i puede bolverse al Convento siempre que quisiere, i assi no es visto averse apartado del, ni dexado en modo alguno de estar sujeto a la Religion, i a sus leyes, derechos, i constituciones, por las quales se le defieren estas ganancias, segun una celebre dotrina del Abad Antiguo, i del Panormitano, la qual refiere Navarro, o{ Abbat. Antiq. & Panormitan. ap. Navar. cons. 41. de Regularib. }que dizen, que el Fraile que trae el habito de tal, fuera de sus Monasterios, i clausuras, pero con licencia, obediencia, o mandato de su superior, es visto traerle dentro del mesmo Convento. Dedonde se infiere, que quitada la autoridad, i disposicion del dicho Proprio motu de Gregorio XIII. no se puede dar, ni hallar razon suficiente para introducir semejantes espolios.