MVcho he dicho ya de los diezmos en otros capitulos, a{ Supra lib. 2. c. 21. & 22. & hoc lib. 4. c. 1. }con ocasion de averiguar, si los deben, i de que cosas, los Indios? I de la concession que de ellos se hizo a nuestros Reyes por la Sede Apostolica. En este, solo quiero tratar, de como los deben i pagan enestas provincias los Espanoles, i se han de aver en su exaccion, i cobranca los Eclesiasticos?