Los quales pactos son validos, i se deben guardar, i cumplir precisamente por las Religiones, que debaxo dellos reciben las dichas tierras, i possessiones, segun dotrina de Inocencio, Iuan Andres, Baldo, Bertachino, Festasio, Belono, i otros muchos, que refieren i siguen Dueñas, i Camilo Borrelo, t{ Innoc. Ioan. Andræ. Bald. Bertachia. Festas. & alij ap. Dueñas, reg. 100. fallen. 6. Borrel. d. c. 63 n. 32. & seqq. }añadiendo, que si valen estos pactos, tambien valdran estos estatutos; porque de uno à otro corre el argumento con igualdad, como Magistralmente lo enseña Bartolo, s{ Bartol. in l. rescripto, §. sciendum, n. 3 de mun. & honorib. }sacādo desto muy en nuestros terminos otra semejante cautela, de q̃ para evitar estas enagenaciones en Eclesiasticos, se haga estatuto en general, de q̃ todos los predios, i heredades de los ciudadanos seglares, se entiendan ser tributarios, i tener en si, i sobre si la obligacion de todos los tributos, i colectas que se les han cargado, i se les cargaren.