Todavia no se puede negar, que la opinion de Ioan tiene por si textos expressos, q{ Ca. placuit 1. ca. priscis 2. cum alijs 10. q 3. }en que se declara, que no les es licito a los Obispos llevar estas Tercias, o quartas, si por otra parte tienen con que se sustentar congruamente, sino es que la cobren para gastarla en reparos de las Iglesias. I la autoridad de San Geronimo en una Epistola a S. Damaso, i otras que en su Decreto compila Graciano, r{ Cap. Clericos 1. q. 2. ca. fin. 16 q. 1. ca. illi autem 12. q. 2. } en que se nos ensena, que los Clerigos ricos, cometen sacrilegio, si se valen de lo que es de los pobres, i que en abusar de estas introducciones, comen i beben el juizio de su condenacion.