Lo que no puedo dexar de dezir es, que exceden gravemente los Prelados, que llevan esta quarta à los Curas ò Dotrineros de los Indios, del estipendio, ò salario, (llamado Synodo) que les està assignado por razon de su Dotrina ò Beneficio, porque esto no ay derecho alguno que se lo conceda, i assi con razon se nota, i reprehende en una cedula Real dada en Madrid à 3. de Setiẽbre del año de 1572. dirigida al Obispo de Quito. x{ Extat d. 1. tom. pag. 132. }