Pero Yo, sino me engaño, tengo por mas cierta la contraria, cōviene à saber, que deben ser tenidos i juzgados por de legos. Porque el privilegio que el Pontifice les concede, para ampliar, i promover su jurisdicion i autoridad, no muda su naturaleza secular, i supuesto que ellos son legos, como à legos, ò como laical, es visto averles querido conceder el dicho Patronazgo. e{ Argum. l. quæritur, de stat. hom. l. 3. de tutel. Farinac. in fragment. verb. Mixtum. }