COmvn es en todos los Arçobispos, i Obispos, assi de las Indias, como de otras tierras, la obligaciō de no entrar en possession de sus Obispados, antes de hazer profession de la Fè, i especial juramento de prestar, ò guardar fidelidad al Romano Pontifice, del qual, i su antiguedad en la Iglesia, i varias maneras, ò formas en q̃ se ha hecho i haze, tratā muchos Textos, i Dotores, a{ Cap. ego enim, de iur. iurand. cum concord. Trident. sess. 24. c 1. de reform. DD. apud Zerolam in prax. Episc. 2. p. c. 5. pag. 304. Garciam de benef. 3. p. c. 3. per totũ, Barbos. in remiss. ad Concil. d. c. 12. & iterum in collect. pag. 426. & alij ap. Me, 2. tom. lib. 3. c. 6. n. 2. }moviẽdo diferentes questiones en esta materia. Las q̃ Yo tuve, i vi muy controvertidas en las Indias, fue, si supuesto q̃ el recebir este juramẽto dela fidelidad i professiō de la Fè, se suele cometer regularmente por el Sumo Pōtifice à otros Arçobispos, ò Obispos, q̃ residẽ en ellas, nōbrandolos i delegādolos con particularidad, le podriā hazer ante otros, si el nōbrado, ò nombrados fuessen muertos, ò residiessẽ en provincias mui distātes, como suele suceder de ordinario en estas, q̃ son tan dilatadas, i de q̃ en la Dataria de la Curia Romana no se tiene todas vezes entera noticia? O si por lo menos se les permitiria embiar à hazer este juramẽto por procurador, cō especial poder q̃ para ello se concediesse? I cerca destos puntos fui cōsultado por los Reverẽdiss. dō Fr. Iuā Zapata, Obispo de Guatemala, q̃ escribio, i imprimio una alegaciō en derecho, fundando poder se hazer por procurador, la qual firmarō casi todos los Teologos, i Iuristas de la Nueva-España. I don Fernando Arias de Vgarte, quando fue proveido por Obispo de Quito, de donde despues passò à tres sillas Arçobispales, q̃ por su virtud, i vida exemplar, i Apostolica tuvo muy merecidas.