I puesto lo referido en execucion, se continuò hasta el mes de Iulio del año de 1644 en que la Magestad del Rey nuestro Señor Don Felipe Quarto por motu proprio, i graves, i superiores consideraciones, que debemos entender moverian su Real voluntad, se sirvio de mandar, "Que en el Consejo de Indias, huviesse Consejo de Camara, como solia," i de nombrar tres Consejeros para ella. I aunque por parte de los que quedaron exclusos, se representaron algunas razones, de que esta nueva forma no parece se podria tener por util, ni conveniente, pues el breve tiempo que la huvode, scubrio lo contrario. l{ Lege cum de consuetdine, ibi. "Contradicto iudicio", D. de legib. cum alijs ap. Osuald. lib. 1. ad Donel. c. 10. & Gail libro 2. obs. 31. }I que aun quando lo fuesse, no avian de ser desposseidos del honor, i derecho, que por merced de su Magestad mesma estaban goçando, m{ Cap. decet cum vulg. de reg. iur. in 6. D. Sched. an. 1609. authentico constit. quæ de dig. §. illud. }en que consistia lo mas lustroso, i honorifico de sus plaças, sino irlas reduciendo à la nueva forma, como fuessen vacando, que es la que en semejantes casos dexò establecida por firme ley el Emperador Iustiniano en una de sus Novelas, n{ Iustin. Novel. 10. ex qua sumitur Authent. de Referendar. collacio. 2. quem text. omnino vide, & Bald. cons 327. lib. 1. n. 3. & 4. Socin. Iun. cons. 74. n. 20. lib. 1. Natta consil. 408. num. 8. & seqq. Cravet. cons. 811. n. 12 & alij ap. Apicel. allegat. 3. nu 22. }en quemandò reducir à menor numero los Referendarios, i en lo que una ley de Partida o{ L. 2. tit. 10. part. 2. }dize, que consiste el oficio de los Principes, por estas palabras: "La primera, poniendo à cada uno en su lugar, qual le conviene por su linage, por su bondad, ò por su servicio: e otrosi mantenìendole en èl, no faciendo porque le debiesse perder." I que de este temperamento usò el Emperador Trajano en la reformacion de los del Senado de Bithynia, aun con ser intrusos, como consta de una de sus Epistolas. p{ Trajan. inter epist. Plin. Iun. lib. 10. epist. 116. ibi: " Mihi hoc temperamentum eius placuit, ut ex præterito nihil novaremus, sed manerent, quamvis contra legem adsciti, &c." } Todavia, se mandò llevar adelante lo decretado, i esso, como he dicho, debio de ser lo mas conveniente, i es lo que se està executando, i praticando quando esto se escribe,