I en las siguientes se anade, que en proponer sujetos para Iglesias, se tenga mucha atencion, i no se consulten los presentes, no siendo de muchas partes. I que en la provision de Beneficios, i Oficios, sean preferidos los que huvieren servido en las Indias. I que para Ministros de justicia, i hazienda, se busquen personas suficientes: i que en las Placas mayores se consulten Oidores de las menores, i se atienda a la promocion de todos. Que para una Audiencia no se propongan deudos, ni allegados, como se declara. Que no puedan ser proveidos en Oficios, ni Beneficios, parientes de Consejeros, ni sus familiares, ni de los Virreyes, Presidentes, i Oidores de las Audiencias, i que en la provision de los Oficios no intervenga precio, ni interes.